FUNDAMENTOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

CANAL EMPRESA
CANAL EMPRESA Y ESTRATEGIA
CANAL EMPRENDEDORES
CANAL MÁRKETING
CANAL FINANZAS CANAL BOLSA
CANAL RECURSOS HUMANOS CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
CANAL PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
TEMA 1 EMPRESA
TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL
TEMA 3 LOCALIZACIÓN
TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS
TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN
TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO
TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS
TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA
TEMA 9 CONTABILIDAD Y EMPRESA
TEMA 10 MÁRKETING
TEMA 11 GESTIÓN FINANCIERA
TEMA 12 RECURSOS HUMANOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS

 

 

AGOSTO

27  AGOSTO

 

 


          CARTA DE DESPIDO
                     OBJETIVO POR CAUSAS ORGANIZATIVAS

 

MODIFICACIÓN SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

Fuente: www.jmcprl.net

MODIFICACIÓN
SUSPENSIÓN

EXTINCIÓN

 

CONCILIACIÓN

DESPIDO DISCIPLINARIO

DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS

DESPIDO COLECTIVO FOGASA INDEMNIZACIÓN FINIQUITO

 

JUZGADO DE LO SOCIAL

 

REGULACIÓN DE EMPLEO

 

 

 

 

Tarea, Redacta la carta de despido del trabajador, calcula la indemnización y comprueba si es posible el despido por causas objetivas en base a este supuesto. 

 

 

Muy Sr./Sra. Nuestro/a:
 

Por la presente ponemos en su conocimiento la decisión adoptada por esta empresa de dar por rescindido su contrato de trabajo procediendo a su extinción por causas organizativas dado que se han producido cambios, en el modo de organizar la producción dado que se resdinde por parte de la empresa la prestación de servicios asociada al puesto de trabajo del empleado, puesto que no hay en el mercado demanda de estos servicios, en virtud de lo establecido en el art. 52.c) del Estatuto de los Trabajadores.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1 b) del Estatuto de los Trabajadores, simultáneamente a esta comunicación ponemos a su disposición cheque por importe de la indemnización fijada en el mencionado artículo, veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades, cheque que se le entregará en el momento en que firme el correspondiente recibí.

En cuanto a la fecha de efectividad de la decisión extintiva adoptada lo será el 15 de septiembre de este año, de acuerdo con lo previsto en el apartado c) del número 1 del mencionado art. 53 iniciándose así a partir de este momento el preceptivo plazo de preaviso.

 

Recibida Carta de Despido

Firmado:

 

 Recibido Cheque con Indemnización por valor de ………………….

“no conforme”

 

 

Firmado:
Firma autorizada de la empresa y sello
  

 


Firmado:

 

 

El trabajador firma el documento añadiendo la cláusula:

“no conforme”

pues de otro modo podría considerarse su conformidad al despido.

 


 

 

 

Carta de despido 27 agosto, se hace efectivo el despido el 15 de septiembre, el 16 septiembre el trabajador presenta papeleta de conciliación ante el Servicio Aragonés de mediación y Arbitraje, finalmente el 17 de septiembre se llega a un acuerdo.

 

SEPTIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30          

 

Excepto en el caso del despido disciplinario, que no requiere de preaviso, el Estatuto de los Trabajadores (ET) establece el derecho del trabajador de tener conocimiento del despido con antelación de 15 días.

 

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430

Artículo 53. Forma y efectos de la extinción por causas objetivas.
1. La adopción del acuerdo de extinción al amparo de lo prevenido en el artículo anterior exige la observancia de los requisitos siguientes:
a) Comunicación escrita al trabajador expresando la causa.
b) Poner a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, la indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
Cuando la decisión extintiva se fundase en el artículo 52.c), con alegación de causa económica, y como consecuencia de tal situación económica no se pudiera poner a disposición del trabajador la indemnización a que se refiere el párrafo anterior, el empresario, haciéndolo constar en la comunicación escrita, podrá dejar de hacerlo, sin perjuicio del derecho del trabajador de exigir de aquel su abono cuando tenga efectividad la decisión extintiva.


c) Concesión de un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo. En el supuesto contemplado en el artículo 52.c), del escrito de preaviso se dará copia a la representación legal de los trabajadores para su conocimiento.

 

 

 

C LABORAL

MODIFICACIÓN RELACIÓN LABORAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CARTA DE DESPIDO
http://www.cbl10.com/FOL_T3_MODALIDADES%20DE%20CT_clip_image018.png

 

 

El despido en España - Gestoria Barcelona

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

 

 

Infografía | Estos son los tipos de despido que existen

Fuente: vivus.es



http://www.cbl10.com/FOL_T6_M_SUSP_EXT_CT_3_extinci%C3%B3n_clip_image001_0002.png

FUNDACIÓN SAMA     SERVICIO ARAGONÉS DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE


EJEMPLO PAPELETA DE CONCILIACIÓN

 

http://www.cbl10.com/FOL_T6_M_SUSP_EXT_CT_3_extinci%C3%B3n_1_CONCILIACI%C3%93N_clip_image001.png

 

 


http://www.cbl10.com/FOL_T3_MODALIDADES%20DE%20CT_clip_image016.jpg

 

 

 

INDEMNIZACIÓN



Causa de Extinción

Indemnización

Límite (1)

Desempleo

Mutuo acuerdo de las partes (art 49.1a del ET)

Sólo si se pacta

 

No

Las consignadas en el contrato (art. 49.1b del ET)

Si se consigna

 

Expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio contratado, excepto en los contratos de interinidad* y contratos formativos (art. 49.1c del ET)

12 días por año,

 

Dimisión del trabajador (art. 49.1d ET)

No

 

No

Rescisión del contrato por traslado de centro de trabajo (art. 40.1 ET)

20 días de salario por año de servicio

12

Rescisión del contrato por modificación de jornada, horario, trabajo a turnos, salario que perjudiquen al trabajador (art. 41.3 ET)

20 días de salario por año de servicio

9

Por voluntad del trabajador basada en una modificación sustancial de las condiciones de trabajo realizadas sin respetar lo previsto en el artículo 41 ET, que causen menoscabo de su dignidad (art. 50.1a ET)

33 días de salario por año de servicio

24

Por voluntad del trabajador basada en incumplimientos graves del empresario (art. 50.1c ET)

33 días de salario por año de servicio

24

Muerte del trabajador (Ver R.D. de 2 de marzo de 1944)

15 días de salario

 

No

Jubilación del trabajador (art. 49.1f ET)

No

 

No

Muerte, jubilación o incapacidad del empresario (art. 49.1g ET)

1 mes de salario

 

Extinción de la personalidad jurídica del empresario (art. 49.1g ET)

20 días de salario por año de servicio

12

Extinción por causas Objetivas (art. 52 ET)

20 días de salario por año de servicio

12

Despido colectivo basado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (art. 51 ET)

20 días de salario por año de servicio

12

Fuerza mayor constatada por la autoridad laboral (art. 49.1h ET)

20 días de salario por año de servicio

12

Despido disciplinario calificado como improcedente (art. 56 ET)

33 días de salario por año de servicio

24

Despido objetivo declarado improcedente

33 días de salario por año de servicio

24

La indemnización por despido improcedente que se aplicará a los contratos celebrados con anterioridad al 12/02/2012 será de 45 días de salario por año trabajado (máximo 42 mensualidades)
*NOTA: Respecto del Contrato de interinidad, si bien el Estatuto de los Trabajadores no reconoc

 

 

 

 

 




 

 

JUNIO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30  

 

 

JULIO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31    

 

 

AGOSTO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31    

 

 

SEPTIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30          

 

 

OCTUBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31      

 

 

NOVIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30          

 

 

 

 

DICIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30         31

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CBL10