FAG

FUNDAMENTOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

TEMA 1 EMPRESA
TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL
TEMA 3 LOCALIZACIÓN
TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS
TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN
TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO
TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS
 
 
 

TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA

 
 
 
 
 
 
MODELO 100
MODELO 111 
MODELO 190
MODELO 115
MODELO 180 
1.1 ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL
1.2 ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA
1.3 ESTIMACIÓN OBJETIVA
 
2 RETENCIONES TRABAJADOR
3 RETENCIONES EMPRESARIO
CERTIFICADO RETENCIONES
 
 
MODELO 200
MODELO 201
MODELO 202
 
MODELO 303
MODELO 390
MODELO 347
MODELO 340
MODELO 349
REGÍMENES ESPECIALES
 
 
 
 
 

2 OBLIGACIONES FISCALES

 
 

3 PARAÍSO FICAL

 
 
 
 
TEMA 9 CONTABILIDAD Y EMPRESA
TEMA 10 MÁRKETING
TEMA 11 GESTIÓN FINANCIERA
TEMA 12 RECURSOS HUMANOS
CANAL EMPRESA
CANAL EMPRESA Y ESTRATEGIA
CANAL EMPRENDEDORES
CANAL MÁRKETING
CANAL FINANZAS CANAL BOLSA
CANAL RECURSOS HUMANOS CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
CANAL PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

GESTIÓN DE LA EMPRESA

AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA   WWW.AEAT.ES    







 

 

 

1 IMPUESTOS

1.1 IAE 1.3 IP 1.6 IVA 1.11 IVTM 1.8 GESTIÓN DE IMPUESTOS
1.1 IAE LOCAL 1.4 IRPF 1.7 IMPUESTOS ESPECIALES 1.12 IVTNU 1.9 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
1.2 IAJD 1.5 IS 1.10 IBI 1.13 ICO  

 

2 OBLIGACIONES FISCALES
3 PARAÍSO FICAL

 

 

 

 



 

 



 

 

MODELO 303

TRIMESTRAL

20 ABRIL

20 JULIO

20 OCTUBRE

30 ENERO

MODELO 347

ANUAL

FINAL DE FEBRERO AÑO SIGUIENTE
(Declaración Anual de Operaciones anuales con terceros superiores a 3.005,06 €). 

 

MODELO 340

MENSUAL

están obligados a realizarlo aquellos que estén en inscritos en el Registro de Devolución Mensual. Tiene periodicidad mensual y se declararan los libros registro de IVA que están obligados a llevar cualquier empresario o profesional. Si se está obligado a realizar este modelo, no deberá realizarse el 347.

REGÍMENES ESPECIALES

MODELO 349

Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

TRIMESTRAL

20 ABRIL

20 JULIO

20 OCTUBRE

30 ENERO

MODELO 390

ANUAL

DÍA 30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE:    (Resumen Anual I.V.A. 303).   30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

 

 

 

 

 

 

 

1.4 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

MODELO 100

DESDE EL 1 DE MAYO AL 30 DE JUNIO
(Declaración Anual I.R.P.F.).

  DÍA   30 NOVIEMBRE SEGUNDO PLAZO IRPF

MODELO 102

1.FISCALIDAD AUTÓNOMOS

1.1 ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL

1.2 ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA

MODELO 130 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  En el caso de la liquidación correspondiente al mes de diciembre el plazo de presentación hasta el día 30 de enero.  

Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa.Declaración – Liquidación.

 

1.3 ESTIMACIÓN OBJETIVA

MODELO 131 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  En el caso de la liquidación correspondiente al mes de diciembre el plazo de presentación hasta el día 30 de enero.  

Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva.Declaración – Liquidación. 

 

 

 

 

 

 

PRÁCTICA DE RETENCIONES

 

Debe ser ingresado en Hacienda por los pagadores: las empresas en el caso de los trabajadores asalariados, los clientes en el caso de los profesionales autónomos, los inquilinos en el caso de los propietarios de locales comerciales u oficinas o el banco en el caso de los  intereses de un depósito.

Si eres profesional autónomo obligado a practicar retenciones del IRPF en tus facturas:

  • Las facturas a clientes particulares no llevan retención ya que esos particulares no presentan a Hacienda declaraciones por retenciones. Debes incluirlas siempre en facturas que emitas a otros autónomos (en actividades empresariales o profesionales)  y a sociedades y personas jurídicas.
  • Recuerda que como profesional autónomo, si más del 70% de tus facturas llevan retenciones estás exento de presentar la declaración trimestral del IRPF (modelo 130).
  • Las cantidades correspondientes a las retenciones tendrán que ingresarlas nuestros clientes en Hacienda. Siempre es recomendable que una vez que termina el año pidas los certificados de retenciones a tus clientes para comprobar si las cantidades son correctas.
  • Algunas empresas clientes que subcontratan con freelance o profesionales autónomos  se ocupan directamente de preparar las facturas y de practicar y pagar las retenciones correspondientes. Si es tu caso, te ahorrarás el trabajo administrativo pero es importante que sepas que la obligación de facturar y llevar un libro de ingresos y gastos es tuya. Por eso pide siempre copia de esas facturas.

EN FUNCIÓN DEL TIPO DE RENDIMIENTO
  • Rendimientos del trabajo: La retención a practicar sobre los rendimientos del trabajo será el resultado de aplicar a la cuantía total de las retribuciones que se satisfagan o abonen, el tipo de retención que corresponda. 2 RETENCIONES TRABAJADOR
  • Rendimientos del capital mobiliario: La retención será el resultado de aplicar el 19% a la base de retención. El porcentaje se reduce en un 50% cuando se trate de rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla que den derecho a deducción.

 

MODELO 145 ANUAL

PRIMERA SEMANA ENERO IRPF. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador (art. 86 del Reglamento del IRPF).

MODELO 111 TRIMESTRAL

    EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  

Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.

MODELO 190 ANUAL

  (Resumen Anual Retenciones Trabajo 111).  30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

MODELO 115 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE:
Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

MODELO 180 ANUAL

(Resumen Anual Retenciones Arrendamientos 115).  30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

CERTIFICADO RETENCIONES ANUAL

DÍA 30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



 









 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MODELO 200

Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades

1-21 JULIO AÑO SIGUIENTE

 

MODELO 201

 Impuesto sobre Sociedades. Declaración-liquidación simplificada del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes).

MODELO 202

 (Pagos a cuenta Impuesto Sociedades Régimen General).  (no obligación de pagos fraccionados  los dos primeros años) 

1-20 ABRIL

1-20 OCT

1-20 DIC

 

 

 












 

 

 

TEMA 8 SEGURIDAD SOCIAL

 

TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL REGÍMENES

TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL COTIZACIÓN

 

 

 

 

TEMA 11 SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES

IDENTIFICACIÓN DIGITAL

 

SEGURO ESCOLAR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Explicación de las obligaciones fiscales mes a mes
Enero
Durante el mes de enero, se presentan las declaraciones del 4º trimestre de 2020 y los resúmenes anuales de ese año.

  • Hasta el 20/01/202X se presentan:
    • Modelo 111, la declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 115, declaración trimestral retenciones de alquileres.
    • Modelo 123, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
    • Modelo 368, declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

Febrero

  • Del 01/01/202X hasta el día 01/02/202X se presentan:
    • Modelo 303, la declaración trimestral de IVA.
    • Modelo 130, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
    • Modelo 131, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.
    • Modelo 390, resumen anual de las declaraciones trimestrales de IVA.
    • Modelo 180, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 115 retenciones de alquileres.
    • Modelo 190, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 193, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
    • Modelo 184, declaración informativa anual que resume los ingresos, gastos y beneficio obtenido por algunas sociedades no mercantiles.

Además, en el mes de febrero es el momento de presentar la declaración anual de 2020 con el modelo 347:

  • Del 01/02/202X hasta el 01/03/202X se presenta:
    • Modelo 347, declaración informativa de operaciones con terceros realizados durante todo el año cuyos importes totales sean mayores de 3.005,06€

Marzo

En el mes de marzo, termina el plazo de presentación del modelo 720 que comenzaba en enero y del modelo 347 que comenzaba en febrero. 
Abril

Ya terminados los tres primeros meses del año, como cada año, toca presentar las declaraciones del primer trimestre del año.

  • Del 01/04/202X hasta el 20/04/202X se presentan:
    • Modelo 111, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 115, declaración trimestral retenciones de alquileres.
    • Modelo 123, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
    • Modelo 368, declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.
    • Modelo 303, declaración trimestral de IVA.
    • Modelo 130, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
    • Modelo 131, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.
    • Modelo 202, el primer período pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

Abril a junio

  • Del 07/04/202X al 30/06/202X se presentan:
    • Modelo 100, la declaración anual de la Renta de 2020.
    • Declaración de Patrimonio de 2020

Julio

De nuevo, ya ha pasado un nuevo trimestre. Julio es el momento de presentar todas las declaraciones del segundo trimestre del año.

  • Del 01/07/202X hasta el 20/07/202X se presentan:
    • Modelo 111, la declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 115, declaración trimestral retenciones de alquileres.
    • Modelo 123, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
    • Modelo 368, declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.
    • Modelo 303, declaración trimestral de IVA.
    • Modelo 130, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
    • Modelo 131, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.
  • Del 01/07/202X hasta el 26/07/202X:
    • Modelo 200, la declaración anual del Impuesto de Sociedades de 2020.

Octubre

Tres meses más, momento de presentar de nuevo las declaraciones trimestrales, en este caso las del tercer trimestre del 2021.

  • Del 01/10/202X hasta el 20/10/202X:
    • Modelo 111, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 115, declaración trimestral retenciones de alquileres.
    • Modelo 123, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
    • Modelo 368, declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.
    • Modelo 303, declaración trimestral de IVA.
    • Modelo 130, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
    • Modelo 131, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.
    • Modelo 202, segundo período pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

Noviembre

  • Hasta el 30/11/202X:
    •  Modelo 232. Operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales de 2020.

Diciembre

  • Del 01/12/202X hasta el 20/12/202X:
    • Modelo 202, el tercer período pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

 

 

 

 

 

 

 

JUNIO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30  

 

 

JULIO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31    

 

 

AGOSTO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31    

 

 

SEPTIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30          

 

 

OCTUBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31      

 

 

NOVIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30          

 

 

 

 

DICIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30         31

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EMPRESA PROYECTO EMPRESARIAL MÁRKETING ATENCIÓN AL CLIENTE
CANAL EMPRESA CANAL EMPRENDEDORES  CANAL MK CANAL MK

       

DIRECCIÓN DE RRHH

RRHH

PRRLL EMPLEO PÚBLICO TRABAJO
CANAL RRHH CANAL OPOSICIONES  CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
       
COMUNICACIÓN SEGURIDAD SOCIAL RETRIBUCIONES Y SALARIO PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN
CANAL COMUNICACIÓN  CANAL SEGURIDAD SOCIAL  CANAL SALARIO  CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA 
       
       
GESTIÓN TRIBUTARIA GESTIÓN FINANCIERA BOLSA  
CANAL TRIBUTACIÓN CANAL FINANZAS CANAL BOLSA CANAL PELÍCULAS
       
PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CONTABILIDAD Y EMPRESA
CANAL PRODUCCIÓN CANAL LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CANAL CONTABILIDAD

 

CBL10