TEMA 1 DERECHO LABORAL
TEMA 2 CONTRATO DE TRABAJO
TEMA 3 MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
TEMA 4 JORNADA LABORAL
TEMA 5 RETRIBUCIONES Y SALARIO
TEMA 6 MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN CT
TEMA 7 PARTICIPACIÓN
TEMA 8 SEGURIDAD SOCIAL
TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL REGÍMENES
TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL TRÁMIITES Y COTIZACIÓN
TEMA 11 SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES
TEMA 12 DIRECCIÓN EMPRESARIAL
TEMA 13 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: LIDERAZGO
TEMA 14 DIRECCIÓN EMPRESARIAL : MOTIVACIÓN
TEMA 15 DIRECCIÓN EMPRESRARIAL: TRABAJO EN EQUIPO
TEMA 16 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: ORGANIZACIÓN
TEMA 17 DIRECCIÓN EMPRESARIAL : COMUNICACIÓN
TEMA 18 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: NEGOCIACIÓN
TEMA 19 ORIENTACIÓN LABORAL
TEMA 20 SELECCIÓN DE PERSONAL
BLOQUE 21 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

 

TEMA 1 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

 

TEMA 2 RIESGOS LABORALES

1 OFICINA

1.1 ORDENADOR

1.2 SILLA

1.3 MESA

1.4 PANTALLA DE VISUALIZACIÓN DE DATOS

2 ERGONOMÍA

ESPALDA

4 ELÉCTRICOS
5 INCENDIOS

 

TEMA 3 SALUD LABORAL

3.1 ACCIDENTE DE TRABAJO
3.2 ENFERMEDAD PROFESIONAL

 

TEMA 4 EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
TEMA 5 SEÑALIZACIÓN
TEMA 6 PRIMEROS AUXILIOS
TEMA 8 TRÁMITES ACCIDENTES DE TRABAJO

 

 

EJERCICIOS EN LA OFICINA OFICINAS 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

Riesgos laborales en la Oficina: Cuáles son y como prevenirlos

 


riesgos laborales en la oficina

 

Riesgos en la oficina

Si bien es cierto, que las personas que ejercen trabajos administrativos en la empresa o en un despacho son menos propensas a sufrir algún riesgo laboral, pero estas personas no están exentas del todo.

En estos espacios de trabajo también se pueden presentar accidentes laborales considerables si en la empresa no se llevan a cabo ciertas medidas de prevención en la seguridad del trabajador. Esto puede derivar en enfermedades que conlleva absentismo y bajas laborales.
Por tal motivo, hoy queremos hablar, específicamente, de los riesgos de trabajo en una oficina y sobre algunas recomendaciones que se pueden llevar a cabo para disminuirlos.

Principales riesgos laborales en la oficina y sus medidas preventivas
Existen múltiples factores de riesgos en una oficina que pueden llegar a ser perjudiciales para la salud del empleado de la empresa. Veamos algunos ejemplos de riesgos asociados en la oficina más comunes y cuales serian sus medidas de prevención a tener presente:

 

 

1. Caídas en oficina y golpes con el mobiliario u objetos


Un oficinista por lo general, se la pasa gran parte de su jornada laboral sentado frente a su escritorio, donde se encuentra rodeado de objetos y artefactos, como por ejemplo el teléfono, el ordenador, la grapadora, entre otros. 
caidas en oficina
En este lugar puede golpearse con estos elementos o con los que están a su alrededor, como tropezar con el cable del teléfono, con los cajones del escritorio si no están bien cerrados, etc. Ya cuando se encuentra en lugares de paso de la oficina, se puede caer en el pasillo, resbalar a causa de pisos mojados, etc. 
Estos incidentes pueden acabar en una fractura, torcedura, luxación u cualquier tipo de traumatismo superficial.
Medidas preventivas
Ahora bien, como medida preventiva se debe implantar un departamento de limpieza y orden, el cual será el encargado de organizar, en la medida de lo posible, los cables de los artefactos eléctricos y de colocar señalizaciones en las zonas de peligro de la oficina. Así mismo, la labor del trabajador será organizar diariamente su espacio de trabajo.

 

 

 

2. Posturas inadecuadas


Uno de los riesgos más comunes en una secretaria son aquellos generados por las posturas y movimientos adoptados.
postura inadecuada
Como bien decíamos anteriormente, las personas que trabajan en oficinas permanecen mucho tiempo sentadas y, por lo general, mantienen la misma postura a lo largo de toda la jornada laboral, lo que conlleva a problemas de circulación, fatiga, problemas musculares, entre otros; específicamente, se puede generar dolor en la zona cervical, en la espalda en la zona lumbar, dolor en los hombros, cuello, brazos, muñecas, etc.
En este sentido, para prevenir los tipos de riesgos laborales en la oficina se deben llevar a cabo lo siguiente para mantener una postura corporal correcta:

riesgo en oficina

Una oficina desordenada puede producir accidentes que involucren al trabajador

 

 

 

3. Cansancio visual


Hemos venido diciendo, que la mayoría de las tareas que se realizan en una oficina consisten en leer y redactar documentos, bien sea, frente al computador o directamente sobre el papel.

 

Fuente: https://riesgoslaborales.info/riesgos-laborales-en-la-oficina/



 

4. ERGONOMÍA

 

5 Riesgos de salud relacionados con el aire interior

 

 

 

PRRLL OFICINAS

 

 

infografia accidentes laborales en oficinas España

https://anecdotasdesecretarias.com/riesgo-electrico-y-electrocuniones-en-oficinas/

 

 

 

 

Medidas preventivas

 

 

Medidas de prevención necesarias para trabajadores de oficina
Aunque los trabajos de oficina a menudo se consideran seguros en comparación con otros entornos laborales, es crucial implementar medidas de prevención para garantizar la seguridad y el bienestar de los trabajadores. Hay medidas de prevención necesarias que los trabajadores de oficina deben seguir para mantener un entorno laboral seguro.

 

 

 

Recomendaciones para evitar caídas de objeto

 

 


















 

 

 

 

 

ACTIVIDADES VÍDEOS

ACTIVIDAD 1

NAPO EN LA OFICINA

ACTIVIDAD 2

NAPO EN EL ORDENADOR

 

 

 

ACTIVIDADES

 

 

ACTIVIDAD 1

 

Un tribunal reconoce como accidente laboral la caída de un teletrabajador en la cocina de su casa
La prevención de riesgos laborales en el domicilio no puede considerar solo como puesto de trabajo la mesa, la silla y el ordenador
Un tribunal reconoce como accidente laboral la caída de un teletrabajador en la cocina de su casa
  
CONSULTE LA SENTENCIA AQUÍ
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce, a través de una sentencia, como accidente laboral el sufrido por un trabajador en régimen de teletrabajo, en la cocina de su domicilio cuando bebía agua. A diferencia del Juzgado de Instancia, la Sala considera que el lugar de trabajo no es solo la mesa, la silla y el ordenador, aislado de todo lo que le rodea, sino que es el espacio físico configurado como su domicilio particular que consta como lugar de trabajo.
Acuerdo teletrabajo
El trabajador había suscrito un acuerdo para hacer teletrabajo y su domicilio figuraba designado como lugar de trabajo. Tenía establecido un horario flexible, pero con una franja obligatoria que debía cumplir, concretamente de 8,30 a 14,30 horas, y sobre las 9,15 horas se dirigió a la cocina, cogió una botella de agua que, al resbalársele, cayó, ocasionándole lesiones en su mano izquierda.
El accidente tuvo lugar en horario de trabajo y dentro del espacio físico configurado como su domicilio particular, y fue consecuencia de una actividad normal en la vida laboral, - beber agua en el lugar que se supone tiene un acceso más fácil-, y en un recinto habitual, la cocina.
Vivienda acondicionada
Destaca la sentencia que el propio trabajador había hecho su propia “autoevaluación” sobre las condiciones preventivas del lugar de trabajo donde se desarrollaría el teletrabajo, con expresa referencia a la cocina de la vivienda y de las instalaciones de gas en diversas variedades, en cuanto a la necesidad de que estén en buen estado.
En este sentido, los magistrados recalcan que el sitio de trabajo no es un compartimiento estanco y aislado de todo lo que le rodea como se quiere hacer ver. Por ello, los magistrados rechazan la tesis de la sentencia de instancia que desestimó la demanda al hacer una estricta interpretación de lo que debe entenderse como lugar de trabajo, mediante la que delimitaban el puesto concreto que físicamente se ocupa, constituido, básicamente, por una mesa, una silla y un ordenador en un domicilio particular.
Finalmente, los magistrados declaran que el periodo de incapacidad temporal iniciado el 31 de julio de 2020, derivaba de la contingencia de accidente de trabajo y condenan en consecuencia al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la empresa Canal de Isabel II S.A. en sus respectivas responsabilidades.

1¿Qué hecho se reconoce como accidente?
2¿Qué tribunal emite la sentencia inicial? 
3¿Qué sentencia emite?
4¿Qué tribunal emite la sentencia definitiva?
5¿Qué setencia emite?
6¿Se trata por tanto de una contingencia profesional?
7¿Qué deberá hacer el Instituto Nacional de la Seguridad Social en esta situación?

 

 

ACTIVIDAD 2

La pelea por el aire acondicionado en la oficina: ¿quién lleva la razón?

El regulador de la temperatura del aire acondicionado puede ser una fuente de conflicto laboral
El regulador de la temperatura del aire acondicionado puede ser una fuente de conflicto laboral ABC

Jaime Parejo   29/06/2023

Cuando llega el calor la correcta refrigeración de las instalaciones de una empresa se antoja vital para que los empleados puedan desarrollar su labor con normalidad y sin pasar un mal rato por un exceso de calor, o de frío. En muchas oficinas y centros de trabajo hay un conflicto entre los trabajadores y la dirección de la empresa o entre los propios trabajadores sobre la regulación del aire acondicionado y la temperatura a la que debe estar el mismo.

Hay quienes manifiestan su disconformidad porque consideran que hace calor en su puesto de trabajo o, por el contrario, los que lamentan que haga frío en pleno verano y no quieran verse obligados a utilizar alguna prenda de abrigo para protegerse de una temperatura demasiado baja.
¿Quién controla los grados de temperatura de una empresa?
Desde el 1 de agosto del pasado año la normativa estatal determinó que ha de establecerse una refrigeración de los locales que no sea inferior a 27 grados, siempre que se mantenga también una humedad mínima del 30% y máxima del 70%. Eso es lo que establece el Decreto proclamado por el gobierno español, pero el mismo ha de adaptarse de igual manera a lo que establece el Real Decreto 486/1997 en el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los centros de trabajo. Y una de esas disposiciones de salud tiene que ver con la temperatura.
De esta manera, ese Real Decreto 486/1997 establece que la temperatura debe estar entre los 17 y los 27 grados en lugares de trabajo cerrados y sedentarios, como pueden ser oficinas, centros de atención al cliente o redacciones de medios de comunicación. Para trabajos ligeros, que conllevan algo más de actividad física como cocinas, gimnasios o discotecas, los registros deben estar entre los 14 y los 25 grados.

Así, pues, la norma general establece que los aparatos de aire acondicionado deben regularse a temperaturas no inferiores a 27 grados. No obstante, puede ser más baja siempre que la empresa justifique esa necesidad y no rebaje esos límites legales establecidos en el párrafo anterior.
¿Qué ocurre cuando hay un conflicto entre empleados por la temperatura del aire acondicionado?
Puede ocurrir que los empleados de un mismo centro de trabajo tengan gran disparidad de criterios respecto a si hace frío o calor en el recinto. Ante esta tesitura, la empresa debe ceñirse a lo que marca la ley y puede justificar, como decíamos antes, una temperatura del aire menor a los 27 grados fijados por el Real Decreto Ley 14/2022 que, dicho sea de paso, está fijado en principio hasta el 1 de noviembre de 2023.

Sea como fuere, y como todo en la vida, el sentido común invita a que exista un punto intermedio entre las reclamaciones térmicas de los empleados para intentar llegar a un punto en común. Eso sí, siempre ajustándose al marco normativo anteriormente desarrollado.

Cabe recordar que la multa por incumplir las medidas de ahorro energético impulsadas por el Gobierno está entre los 60.000 euros por las infracciones leves y los 100 millones por las muy graves.

https://www.abc.es/sevilla/economia/pelea-aire-acondicionado-empresas-temperatura-debe-estar-20230629114156-nts.html

1¿Por qué existe un conflicto?
2¿A qué temperatura deben estar las oficinas?
3¿Cuáles son las multas que se imponen?

 

 

ACTIVIDAD 3

La sobrecarga de trabajo como factor de riesgo psicosocial de las teleoperadoras: no todo vale para su eficaz gestión
Andalucía, 10/07/2024
https://www.juntadeandalucia.es/sites/default/files/2024-07/noticia_sobrecarga_trabajo.jpg

No es la primera vez que en estas páginas damos cuenta de la importancia de una adecuada organización de la “carga de trabajo” para una gestión eficaz de la prevención de los riesgos psicosociales en los entornos de trabajo. Sin duda, este factor o agente estresante está entre los más prevalentes de los de naturaleza psicosocial. Por carga de trabajo se entiende el nivel de demanda de trabajo a la que la persona ha de hacer frente, es decir, el grado de movilización requerido para resolver lo que exige la actividad laboral, con independencia de la naturaleza de la carga de trabajo (carga mental). Es elevada no solo cuando es alta la demanda (componente cuantitativo) y difícil su ejecución (componente cualitativo), sino también cuando sus ritmos de movilización o de prestación son intensos, y escasas las pautas (componente temporal).
Así entendida, no sorprende que en sectores económicos como el telemarketing o contact center sea uno de los más afectados. Lo reflejan las estadísticas que acompañan la Guía del Ministerio de Trabajo para la integración de pausas y descanso durante la jornada laboral para la gestión de la carga mental en Contact center: el 81% del personal acusa la falta de pausas establecidas entre llamadas y el 62% afirma que cuando necesitan realizar una pausa por cualquier motivo no pueden realizarla. La evidencia científica iría en esta línea: el 42% de quienes trabajan en este sector (la gran mayoría mujeres) declara que el clima laboral no es adecuado, señalando el 23% que conocen comportamientos violentos. De ahí que, como indica el INSST en su Documento Técnico “Factores de riesgo psicosocial del personal trabajador en los call center" (pdf), este colectivo sea especialmente propenso para sufrir trastornos ansioso-depresivos, estrés, burnout, etc.
Este mismo organismo científico incide en la prevalencia de la sobrecarga como factor de riesgo: el 60% de las personas teleoperadoras estarían expuestas a altas presiones de tiempo y a un elevado esfuerzo de atención. Las dificultades para ordenar los tiempos, ritmos y pausas de trabajo en el sector están refrendadas en los tribunales. Estos condenan las prácticas inadecuadas (STS 3765/2023, 19 de septiembre: no se pueden prohibir pausas debidas a necesidades fisiológicas, que no cabe recuperar) y alientan las correctas (ej.STS 2079/2021, 26 de mayo: las pausas previstas en el convenio deben interpretarse expansivamente por el tipo de trabajo y en aras de la preservación de la salud)
Por supuesto, no todo vale para afrontar eficazmente por las personas que sufren este problema psicosocial en los entornos de trabajo del contact center. Viene a cuento esta afirmación por la reciente noticia que hemos conocido en estos días. Una teleoperadora, a fin de combatir las situaciones de estrés y ansiedad que le generaba, según constaba, la sobrecarga de llamadas se dedicaba a hacerse, a sí misma, reiteradas llamadas. Naturalmente, ha sido despedida, por reducción grave y culpable de su deber de rendimiento. No es aceptable un comportamiento de este tipo, aunque persiguiera tranquilizarse durante las crisis de ansiedad que solía experimentar durante el tiempo de trabajo, coincidiendo el incremento del número de llamadas a su teléfono personal con la fecha en la que ésta sufre una crisis y es internada con problemas de pérdida de conciencia y alteraciones del comportamiento (STSJ de Galicia 2120/2024, de 14 de marzo).
Pero que se produzcan este tipo de situaciones inadecuadas, no puede infravalorar la necesidad de afrontar de forma eficaz este problema de riesgos psicosociales para un sector en el que incide especialmente, como se contempla ya en el convenio colectivo del sector contact center (prevé las pausas de trabajo dentro de los factores de riesgo psicosociales y de organización -también en relación con los riesgos ergonómicos, de gran relevancia igualmente en este sector, cuya interacción con los riesgos psicosociales exige creciente atención-). Justamente, para diagnosticar de una forma adecuada, y prevenir de manera eficaz, este desafío de gestión psicosocial de los entornos de trabajo clave es el Documento Temático de la OIT “Las relaciones de trabajo en los servicios de telecomunicaciones y en el sector de los centros de llamadas” (pdf).
Ha de tenerse en cuenta también la necesidad de aplicar, en esta gestión de seguridad y salud, la perspectiva de género, debido a la alta feminización de un sector en el que las mujeres representan en torno al 70% de los profesionales en España. Una cifra no casual, si analizamos las características del sector, en el que impera la temporalidad, las jornadas parciales y salarios bajos. Este aspecto debe ser tenido en cuenta en materia de prevención de riesgos psicosociales, a través de la adopción de adecuados planes de prevención que integren la perspectiva de género (Guía de Buenas Prácticas para la Prevención de Riesgos Emergentes Ergonómicos y Psicosociales en los Contact Centers de Andalucía (pdf)).

1¿Cuál es el principal factor de deterioro de la salud mental en un Call Center?
2¿Qué prácticas inadecuadas se citan?
3¿Por qué fue despedida la teleoperadora que se cita en el artículo?
4¿Cuáles son las características de los contratos que se ofrecen?
5¿Qué perfil tienen los trabajdores? ¿Hombres o mujeres?
6¿Cuál opinas que es la razón?

 

 

ACTIVIDAD 5

http://www.cbl10.com/FOL_T20_PREVENCI%C3%93N_RRLL_clip_image001_0006.png

 

 

NP Erga-FP 22. Trabajo en oficinas  - Año 2000

CatalogadoNP Erga-FP 22. Trabajo en oficinas - Año 2000

PDF - 325,9 KB

 

 

1¿Cuáles son las causas del riesgo de su puesto de trabajo?

2A partir del caso práctico expuesto, tratar de identificar los factores de riesgo que están presentes en el entorno laboral de Isabel y en el de sus compañeros de oficina.


 

 

 

ACTIVIDAD 6

IDENTIFICA LA SITUACIÓN DE TU ENTORNO DE TRABAJO

 

 

ACTIVIDAD 7

Cita cinco riesgos del trabajo en oficina y cuatro medidas de prevención.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA OFICINA



ACTIVIDAD 8

RIESGOS LABORALES EN LA OFICINA

 

 


 

 

ACTIVIDAD 9

 

 

ACTIVIDAD 12


http://www.cbl10.com/FOL_T20_PREVENCI%C3%93N_RRLL_clip_image001_0008.png

 

 

 

 

 

ACTIVIDAD 13

 



 

 

 

ACTIVIDAD 14

NP Erga-FP 29. Trabajo en artes gráficas - Año 2001

CatalogadoNP Erga-FP 29. Trabajo en artes gráficas - Año 2001

 

ACTIVIDAD 16

NP Erga-FP 38. El teletrabajo - Año 2004

CatalogadoNP Erga-FP 38. El teletrabajo - Año 2004

 

ACTIVIDAD 18

A realizar con un editor de imagen.




 

ACTIVIDAD 20

A realizar con un editor de imagen


 

 

 

 

 

JUEGO 1 OFICINAS

 

JUEGO 2

https://www.arlsura.com/cazadores/virtuales/oficinas/





 

JUEGO 4


PRL en las oficinas

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LINK DEL JUEGO

 

 

JUEGO 6

Descripción

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JUEGO 7

 

 

 

 

JUEGO 8

SECTOR

CONSULTORÍA Y ABOGADOS

 

JUEGO 10

 

JUEGO 12

JUEGO 14

SECTOR

PUBLICIDAD Y MÁRKETING

JUEGO 15

https://www.csb.gov.hk/english/oshcs/games/files/game3.html

 

JUEGO 16

https://www.arlsura.com/index.php/component/content/article?id=1485&Itemid=708

Cazadores Virtuales

 


   




   



   




   




 
   





   





   





   



   

 

 

 

 


 

JUEGO 18

 

 

 

JUEGO 20

 

 

 

BOLSA

 

 

PROYECTO EMPRESARIAL

 

 

SIMULACIÓN DE EMPRESA

 

 

 

 

CBL10