ECA

 

ECONOMÍA

TEMA 1 ACTIVIDAD ECONÓMICA
TEMA 2 SISTEMAS ECONÓMICOS
TEMA 3 EMPRESA
 
TEMA 4 MICROECONOMÍA
 
TEMA 5 TIPOS DE MERCADO
1 COMPETENCIA PERFECTA
2 COMPETENCIA IMPERFECTA
3 COMPETENCIA MONOPOLÍSTICA
4 OLIGOPOLIO
5 MONOPOLIO
6 COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
 
 
 
TEMA 6 MACROECONOMÍA
TEMA 7 MERCADO DE TRABAJO
TEMA 8 RECURSOS HUMANOS
TEMA 9 SECTOR PÚBLICO
TEMA 10 POLÍTICA ECONÓMICA
TEMA 11 POLÍTICA FISCAL
TEMA 12 POLÍTICA MONETARIA
TEMA 13 GESTIÓN FINANCIERA
TEMA 14 ECONOMÍA INTERNACIONAL
TEMA 15 UNIÓN EUROPEA
TEMA 16 EURO
TEMA 17 CRECIMIENTO ECONÓMICO
TEMA 18 PAÍSES DEL MUNDO
TEMA 19 DESARROLLO ECONÓMICO
CNMC
TIPOS DE MERCADO
CANAL MICROECONOMÍA
CRECIMIENTO  ECONÓMICO
CANAL ECONOMÍA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 









 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia 

(CNMC)   www.cnmc.es  es un organismo público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad. Es el organismo encargado de preservar, garantizar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos en beneficio de los consumidores y usuarios.

 

 

 

 

 

www.cnmc.es


Comunitarios:  Dirección General de Competencia de la Comisión Europea

 

Aragón: Servicio de Defensa de la Competencia de Aragón (SDCA)

Tribunal de Defensa de la Competencia de Aragón (TDCA)


 



 


Es un organismo público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada. Es independiente del Gobierno y está sometido al control parlamentario y judicial. Se financia a través de los Presupuestos Generales del Estado español. Entró en funcionamiento el 7 de octubre de 2013.


Es un organismo público de los previstos por el apartado 1 de la disposición adicional décima de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE),1 conocidos como OPIFEAs.


La CNMC se crea en 2013 a partir de la integración de estos seis organismos: Comisión Nacional de la CompetenciaComisión Nacional de EnergíaComisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Comisión Nacional del Sector Postal, Consejo Estatal de Medios Audiovisuales y Comité de Regulación Ferroviaria y Aeroportuaria.


El origen de estos organismos era diverso: El de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) se encuentra en la fusión, del Tribunal de Defensa de la Competencia (creado en 1963 y fortalecido por la Ley de Competencia del 1989) y el Servicio de Defensa de la Competencia, a través de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia En 1996 se crea la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y en 1998, la Comisión Nacional de Energía (CNE), que absorbía a la Comisión Nacional del Sistema Eléctrico (CNSE, 1994). En 2010 se crean tres agencias reguladoras más (servicio postal, industria audiovisual y transporte ferroviario).


La fusión de los organismos se justificó en "alcanzar una supervisión más eficaz, bajo un prisma más coherente e integrado, con autoridades de supervisión ex ante y ex post menos estancas, permitiendo combinar el conocimiento y los instrumentos para mejorar la supervisión". Por otra parte, se indicó que se pretendí evitar un marco institucional demasiado complejo, buscando una "simplificación orgánica que redunde en la eliminación de posibles duplicidades y, con ello, de quiebras en la seguridad jurídica e institucional". El ahorro económico derivado de la fusión fue también un objetivo mencionado, si bien de carácter coyuntural.


No obstante, la creación de un "macroregulador" multisectorial también ha sido cuestionada por no ser el modelo asentado en Europa ni en la OCDE, por la desaparición de organismos de amplio prestigio como la CNC y por la complejidad y pérdida de especialización en la realización de sus funciones. Por ejemplo, especialmente criticada es la función de supervisión de los contenidos audiovisuales en "protección del menor" y la vigilancia de una "cuota de cine español". Estos objetivos no tienen relación con las funciones de un regulador de sectores con economías de red, e incluso pueden ser incompatibles con las funciones de una Autoridad de Defensa de la Competencia (en el caso de la "cuota de cine español").


 



Defiende, junto a los Tribunales autonómicos, los principios de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), es decir, prohíbe todo acto que restrinja, impida o falsee la competencia, y en concreto:

  • La fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio.
  • La limitación o el control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones.
  • El reparto del mercado o de las fuentes de aprovisionamiento.
  • La aplicación, en las relaciones comerciales o de servicio, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros.
  • La subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio, no guarden relación con el objeto de tales contratos.

 

 

 


Artículo publicado en El Mundo sobre la Comisión Nacional de Mercados y Competencia.





MULTA CARTEL AUTOMÓVILES ESPAÑA GM 22 MILLONES


 .

 

 

Icono IDeviceHipermercado.

El Mundo, 10 de abril de 2009.

El Tribunal de la competencia vasco denuncia el oligopolio de Mercadona, Carrefour y Eroski.

El Tribunal Vasco de la Competencia (TVDC) considera que el liderazgo nacional de Mercadona, Carrefour y Eroski "desemboca en conductas paralelas que restringen la competencia en el mercado de aprovisionamiento y distribución minorista". Es decir, las tres cadenas forman un oligopolio que sólo puede acabar con una liberalización absoluta del mercado: "Suprimir las restricciones legales en implantación de establecimientos, horarios de apertura y precios".

El Tribunal no considera que el oligopolio está organizado. "Ni la estructura oligopolista del mercado ni la falta de intencionalidad anticompetitiva de las empresas justifican una pasividad de las autoridades de la competencia hacia comportamientos paralelos", advierte el informe poniendo como ejemplo los cárteles de precios.

El documento critica las "conductas colusivas tácitas" (pactos no escritos para perjudicar a un tercero) de las tres cadenas porque "restringen la competencia" y "perjudican el bienestar de los consumidores". Las prácticas denunciadas son el paralelismo de precios en la distribución minorista que restringe la competencia y genera "una tendencia inflacionista de los bienes de consumo diario"; el paralelismo en las negociaciones con proveedores, acción que eleva indirectamente los precios mínimos de venta y restringe la apuesta por la innovación entre los fabricantes; y un paralelismo en la subcontratación de productos para su reventa como marca propia (marca blanca). Todo ello provoca un efecto 'bola de nieve' en los mercados del aprovisionamiento y distribución de bienes de consumo diario, retroalimentados por una "dinámica anticompetitiva" que aumenta las barreras de entrada a otras compañías y provoca "condiciones comerciales abusivas".

El Tribunal vasco ofrece soluciones a ambos segmentos, el de la distribución minorista y el del mercado de aprovisionamiento. Para favorecer la competencia del primero, el Tribunal propone suprimir las restricciones ya citadas de horarios de apertura y precios; sancionar las conductas anticompetitivas de empresas y administraciones locales en materia de suelo comercial; imponer desinversiones de monopolios ya establecidos y fomentar el canal de ventas por Internet. Respecto al mercado de aprovisionamiento, el Tribunal pide suprimir los pagos y condiciones comerciales abusivos impuestos a fabricantes y productores y garantizar la igualdad de oportunidades entre marcas blancas y marcas de fabricantes para que la demanda del consumidor determine el éxito de los productos.



Escaparate de tienda de ropa.
Imagen de producción propia.

También existen mercados en los que aunque no existe una única empresa sí que una que claramente controla el mercado y que puede llevar a cabo prácticas monopolísticas ilegales. En estos casos las instituciones para la defensa de la competencia pueden proteger a las otras empresas del sector mediante determinadas acciones como obligar a la empresa a dividirse en varias, impedir que las fusiones entre empresas deriven en monopolios o interviniendo los precios y cantidades.

 

Como consumidores también es importante resaltar cómo muchas veces tenemos a nuestro alcance una competencia sólo aparente ya que aunque apreciamos muchas marcas de un mismo bien o servicio puede ocurrir que detrás existan una pocas empresas que controlan numerosas marcas. Por ejemplo, esto ocurre en el caso de la ropa, de los refrescos, de las cervezas, de los chocolates, de las discográficas, etcétera.

Icono IDevice
Cuando valoramos si en un sector existe competencia no sirve con fijarse sólo en la marca sino que hay que conocer la empresa productora o incluso el grupo empresarial al que pertenece. Uno de los ejemplos más conocido de este hecho es el del grupo Inditex propietario de marcas como Zara, Zara Home, Pull and Bear, Massimo Dutti, Bershka, Stradivarius, Oysho, Tempe y Uterqüe.

Por último comentar que la competencia es también un tema de vital importancia desde una perspectiva internacional ya que el actual proceso de globalización económica (intensificación de las relaciones económicas entre países) también provoca una intensa lucha competitiva entre empresas de diferentes países. En ese nuevo contexto se han desarrollado tendencias muy importantes como la deslocalización de industrias a países en los que la mano de obra es más barata para poder competir con los precios de las grandes multinacionales.
 
Al mismo tiempo, en ese contexto global, se da una tendencia contraproducente para la competencia y es la fuerte concentración empresarial. Existen multitud de mercados en los que las fusiones, adquisiciones, compra de participaciones y otros tipos de concentración empresarial que estudiaremos en temas posteriores está poniendo bajo el control de cada vez menos manos determinados sectores, con la pérdida de competencia que eso provoca. Todos los días podemos leer en los periódicos este tipo de operaciones en los sectores de la banca, la construcción, la electricidad, los medios audiovisuales, la alimentación, etcétera.

 
Tres en familia. Steve Breen.
 Publicado en: El pequeño País. Licencia: Copyright.


http://www.cnmc.es/


 



ACTIVIDADES

 

 

 

ACTIVIDAD 2

Multa de 194 millones a Apple y Amazon por pactar las ventas en España 18 de julio 2023

La CNMC constata que acordaron cláusulas en los contratos que limitaban los espacios publicitarios para productos de otras marcas o que restringían el número de revendedores
Multa de 194 millones a Apple y Amazon por pactar las ventas en España
Apple y Amazon tendrán que pagar una multa de 194,15 millones de euros por pactar y ejecutar restricciones de la competencia en sus ventas online que afectan a terceros revendedores y a productos de otras marcas, según constata la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

El organismo indica en un comunicado que el 31 de octubre de 2018 Amazon y Apple firmaron dos contratos mediante los que se actualizaban las condiciones de Amazon como distribuidor autorizado de Apple. En ellos se incluyeron varias cláusulas restrictivas de la competencia que afectaban a la venta minorista por internet de productos electrónicos en España.

Por ello, ordena cesar dicha conducta y multa a las sociedades imputadas del Grupo Apple con 143,6 millones de euros y a las sociedades imputadas del Grupo Amazon con 50,5 millones de euros. Se trata de la segunda multa más importante que impone la CNMC, solo por detrás de la que recibieron en julio de 2022 las principales constructoras del país (Acciona, ACS, Ferrovial, Sacyr, OHL y FCC) por concertar licitaciones públicas durante 25 años. En aquel caso la sanción ascendió a 203 millones de euros.

En este caso, las empresas multadas acordaron que únicamente una serie de distribuidores designados por la propia Apple podían vender los productos de la marca Apple a través de la web de Amazon en España. Este acuerdo dio como resultado que más del 90% de los revendedores que usaban la web de Amazon en España para la venta minorista de productos Apple quedaron excluidos del principal mercado en línea en España. Además, los vendedores no autorizados por Apple para vender sus productos perdieron un importante canal de ventas, en la medida en que dicha web vehicula la mayor parte de las compras en línea de productos electrónicos en España.

Subida de precios
De esta forma, las ventas de productos de Apple en dicho mercado en línea se concentraron en la propia Amazon, reduciéndose drásticamente la competencia entre revendedores de productos de esta marca. Y además se apreció un incremento de los precios relativos pagados por los consumidores por la compra de productos Apple en dicho mercado, revela la CNMC.

La organización asegura que los vendedores más afectados fueron los distribuidores no autorizados de Apple, operadores generalmente de pequeño tamaño que no tienen una relación comercial directa con Apple pero que venden sus productos con su consentimiento y que eran los más activos en la web de Amazon en España y, por tanto, los que ejercían más presión competitiva en precios en dicha web.

La CNMC considera que estos acuerdos contribuyen conjuntamente a cambiar la dinámica de venta de productos Apple en la web de Amazon en España, restringen la competencia intramarca e intermarca y constituyen una infracción única y continuada de los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que se inició con la adopción de las mismas en octubre de 2018.

https://www.leonoticias.com/economia/empresas/multa-194-millones-apple-amazon-restringir-competencia-20230718144749-ntrc.html

1¿A qué acuerdo llegaron Apple y Amazon para restringir la competencia de Apple en Amazon?
2¿Cuáles fueron las consecuencias de estos pactos en cuanto a los precios?
3¿Qué organismo impone la multa a estas dos empresas?
4¿Qué empresas se vieron involucradas en la segunda mayor multa de la CNMC? ¿Por qué?


 

 

 

ACTIVIDAD 4  Sanción a Telefonica, Vodafone y Orange por precios abusivos en los SMS





http://www.abc.es/20110119/economia/abcp-expendienta-movistar-orange-vodafone-20110119


La CNC expendienta a Movistar, Orange y Vodafone por los SMS
Competencia ve «una conducta de aplicación de precios excesivos» en el alquiler de las redes de mensajes al resto de compañías

MIGUEL PORTILLA
19/01/2011
La Comisión Nacional de Competencia (CNC) comunicó ayer que ha abierto un expediente sancionador contra Telefónica Móviles (ahora Movistar), Vodafone y Orange por lo que considera «una conducta de aplicación de precios excesivos en los servicios mayoristas de origen y terminación de mensajes cortos (SMS y MMS) de ámbito nacional en sus redes de telefonía móvil».
Los tres grandes operadores que poseen redes propias para el envío de este tipo de mensajes se las alquilan al resto de compañías (virtuales) para que puedan ofrecer también estos servicios. Movistar, Vodafone y Orange están obligadas por el regulador —la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT)— a establecer unos precios mayoristas.
La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (Ceaccu) denunció a las tres compañías antes citadas por considerar que los precios mayoristas establecidos eran abusivos, y ahora la CNC ha incoado este expediente sancionador. Sin embargo, esos precios están aprobados por el regulador de las operadoras, la CMT.
Silencio de las compañías
Movistar, Vodafone y Orange coincidieron en señalar ayer a ABC que no se pueden pronunciar respecto a este expediente porque todavía no se les ha notificado oficialmente, pero que una vez se les haga llegar, realizarán las oportunas alegaciones. Existen dos antecedentes similares de expedientes sancionadores incoados en los años 2005 y 2007, que finalmente fueron archivados sin sanción. El primero de ellos fue interpuesto a consecuencia de una denuncia de Facua respecto a los precios minoristas, los aplicados a los clientes. Y el segundo caso lo abrió la CNC, también por denuncias de las asociaciones de consumidores, relativas a que las operadoras habían elevado el precio del establecimiento de llamada de 12 a 15 céntimos, después de que la Administración les obligara a facturar por segundos. En ninguno de los casos la CNC pudo demostrar que había habido concertación de precios, de ahí que se archivaran los expedientes.

 

La resolución de estos expedientes por parte del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia se suele dilatar entre 12 y 18 meses.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la Unión de Consumidores de España (UCE), Facua y la Asociación General de Consumidores coincidieron en sus peticiones de sanciones «más eficaces» y «contundentes» para las operadoras así como en reclamar la bajada de tarifas de los mensajes de texto en las pequeñas compañías virtuales.
El servicio de terminación de mensajes cortos es un servicio de interconexión ofrecido por cada uno de los operadores móviles, que permite la terminación de mensajes cortos dirigidos hacia sus clientes y originados en las redes de otros operadores.


 

RESUME EL CASO


 

 

ACTIVIDAD 6

La CNMC multa a 95 concesionarios de Audi, Seat y Volkswagen con 41 millones por fijar precios

  • Logo de VolkswagenEs la mayor sanción impuesta al sector automovilístico por este motivo
  • El cártel, descubierto gracias a la denuncia de Seat y 11 de sus filiales
  • En algunos casos, los cárteles operaron entre los años 2006 y 2013

05.06.2015 | Por RTVE.es  Volkswagen. noticias
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un total de 41,13 millones de euros a 99 operadores, entre ellos 95 concesionarios de automóviles, por llevar a cabo prácticas prohibidas constitutivas de cártel.  "Las empresas adoptaron sus acuerdos con manifiesta ocultación y secretismo, valiéndose de mecanismos específicos de seguimiento del cumplimiento de los acuerdos e, incluso en algunos supuestos, de instrumentos de sanción para los incumplimientos", señala Competencia, que subraya que la investigación y sanción de estas conductas ha sido posible gracias al Programa de Clemencia, por lo que Seat y once de sus concesionarios han quedado eximidos de su multa.

Colaboración de dos consultorías y dos asociaciones de concesionarios
Competencia considera "acreditado" que las empresas sancionadas "adoptaron e implementaron acuerdos de fijación de descuentos máximos y condiciones comerciales, así como el intercambio de información sensible en el mercado de distribución de turismos" de las marcas Audi, Volkswagen (VW) y Seat a través de concesionarios independientes del fabricante y de concesionarios propiedad de la marca.
Los concesionarios contaron con la colaboración (dependiendo de las marcas de vehículos y de las zonas geográficas) de dos asociaciones de concesionarios -Acevas (Asociación de concesionarios independientes de VW) y Ancosat (Asociación de concesionarios de Seat), a las que ha multado con 15.000 euros cada una-, así como dos empresas de consultoría y servicios, ANT y Horwath, a las que ha sancionado con 11.612 y 36.475 euros respectivamente.
Competencia considera que el papel de estas empresas fue determinante, no como meros asistentes o colaboradores pasivos del cártel, sino como auténticos facilitadores activos del mismo induciendo y proponiendo medidas de seguimiento a sabiendas de su ilegalidad.
La CNMC distigue siete zonas que delimitan otros tantos cárteles: Madrid, Cataluña, Andalucía, Norte, Asturias, Valencia (respecto de Audi-VW) y Madrid (respecto de SEAT). La duración acreditada de los cárteles varía dependiendo de las zonas, remontándose en los supuestos más extensos al año 2006 y prolongándose hasta junio de 2013.

Incidencia en los compradores
En sus inspecciones, informa Competencia, se han obtenido correos electrónicos y anotaciones manuscritas de las empresas que prueban las conductas ilícitas, a lo que se añade la información proporcionada por las compañías en los requerimientos de información efectuados.
La creación de estos carteles tuvo incidencia económica en los compradores de vehículos, que no pudieron beneficiarse de mayores descuentos o mejores condiciones comerciales y que, por tanto, adquirieron los vehículos en condiciones menos ventajosas que en un contexto de libre competencia.
Dentro de los acuerdos de un cártel, la fijación de precios es considerada especialmente grave porque suprime la competencia entre empresas e impide a los usuarios beneficiarse de los mejores precios y condiciones.
Competencia recuerda que no existe recurso contra estas sanciones por vía administrativa, aunque se puede interponer un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Competencia expedienta a los fabricantes de coches por sospechas de cartel. La CNC
sospecha  que  los  distribuidores  del  grupo  Volkswagen,  Toyota,  Land  Rover,  Hyundai  y
Opel  pactan  precios  e  investiga  a  toda  la  industria  por  intercambiar  "información
sensible"

 

1. ¿Qué tipo de externalidad intenta corregir la Comisión Nacional de la Competencia?

2. Explique por qué estos mercados generan ineficiencias.


 


ACTIVIDAD 8

Paneles solares en un edificioLa CNMC convoca al sector energético para desbloquear los atascos en el autoconsumo  16/06/23
Las pequeñas comercializadoras reclaman más agilidad en los procesos de solicitudes
El atasco en las instalaciones de autoconsumo es uno de los grandes retos a los que se enfrentan las administraciones públicas y el sector energético. Tal y como ya contó este periódico, las demoras en los permisos está provocando el colapso en algunos lugares de España, retrasando la ejecución de las obras.
En este sentido, tal y como confirman fuentes conocedoras de la situación, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha convocado diversas reuniones con los agentes implicados para resolver el problema. Las mismas voces indican que lo que se pretende es “facilitar la burocracia y los trámites para que los puntos de autoconsumo sean instalados con mayor celeridad".
El sector energético, en este sentido, remarca que el gran problema se está produciendo en los proyectos de autoconsumo colectivo debido a su “mayor complejidad en el diseño y la tramitación”. No obstante, fuentes de las distribuidoras aseveran que la situación es mucho mejor en el autoconsumo particular y la demora “ya no es tan alta como la de hace meses”.
Con todo, la CNMC lleva reuniendo al sector en los que se sientan las distribuidoras y comercializadoras para analizar cómo mejorar los aspectos técnicos para facilitar las instalaciones de autoconsumo, una vez que se ha desatado una fiebre por los panales para intentar abaratar la factura eléctrica.
En 2022 se instalaron en España 2.649 MW de autoconsumo, según datos de un reciente informe publicado por Appa Renovables. De ellos, el 39% (1.024 MW) se instalaron en hogares y el 61% restante en instalaciones industriales. Esto supuso que se realizaron 217.248 instalaciones residenciales y 23.096 instalaciones de tipo industrial. Pero la cifra en este 2023 se ha disparado y, según las últimas cifras que maneja el sector, ya se han puesto más puntos que durante el año pasado.
Según la directora de regulación de Aelēc, Marta Castro, “los consumidores están viendo en el autoconsumo una herramienta de ahorro para los hogares y un elemento clave para gestionar la volatilidad de los precios de la energía”.
Para el organismo dirigido por Cani Férnandez es prioritario resolver este problema que afecta a miles de personas. En concreto, la CNMC considera que el despliegue de instalaciones de energías renovables es prioritario para las entidades locales que aspiran a cumplir los objetivos de la transición ecológica. 
Los distribuidores, pese a que el ritmo de instalación de autoconsumo se ha moderado, creen que se podrá alcanzar el objetivo de llegar a 9 gigavatios (GW) en 2030.
Fuente: https://www.elindependiente.com/economia/2023/06/16/la-cnmc-convoca-al-sector-energetico-para-desbloquear-los-atascos-en-el-autoconsumo/
1 ¿Qué es la CNMV?
2Las empresas distribuidoras de energía, ¿podrían tener interés en ralentizar la tramitación de instalaciones de autoconsumo eléctrico?
3 ¿Por qué ha incrementado el autoconsumo eléctrico?


 

ACTIVIDAD 10_S

EXPEDIENTE CNMC OPEL

RESUME EL CASO


 

 

 

 

 

 

 

ACTIVIDAD12

Competencia investiga a las cementeras por pactar precios

Inspectores de la CNC registran varias empresas

S. HERNÁNDEZ - Madrid - 23/09/2009

 

La crisis no aminora la actividad de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC). Los inspectores del órgano que vigila la libre competencia en el mercado estuvieron ayer varias horas en las sedes de varias empresas de producción y suministro de cemento, mortero, hormigón y áridos por haber sospechas de posibles pactos de precios o bien por ponerse de acuerdo para repartirse el mercado y no competir entre ellas.

La comisión no informó sobre el nombre de las sociedades inspeccionadas y fuentes del organismo sancionador precisaron que la inspección se hizo de oficio, tal y como establece la Ley de Competencia. La CNC añadió que la inspección supone un paso preliminar en la investigación y no prejuzga la culpabilidad de las empresas vigiladas.

Fuentes de Oficemen, que aglutina a las 13 empresas productoras de cemento en España, dijeron ayer que como patronal no había sido informada de estas inspecciones y que lo lógico sería que hubieran requerido datos de la patronal, como ha ocurrido en otras ocasiones y como se ha hecho con investigaciones de alcance europeo. Oficemen aglutina a Cementos Balboa, Cementos Cosmos, Portland Valderrivas, FYM, Lafarge, Tudela Veguín, Uniland Cementera, Cementos Alfa, Molins Industrial, Cemex España, Holcim España, Lemona Industrial y Cementos y Materiales de Andalucía.

Medios empresariales de este sector señalaron ayer que las inspecciones se habían centrado más en las empresas de hormigón y áridos, pero no pudieron dar más precisiones, como tampoco lo hicieron fuentes de la patronal Anefhop, que reúne a las empresas del hormigón y preparados. La CNC añadió que en el caso de acreditarse indicios de un pacto de precios o de reparto de la cuota de mercado, sería considerado infracción grave, lo que podría suponer una multa de hasta el 10% de las ventas de las empresas infractoras.

La investigación de los carteles de empresas constituye una de las actuales prioridades de actuación de Competencia por la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores. La CNC ha visto reforzadas sus facultades de inspección por iniciativa propia con la nueva Ley de Competencia.

La inspección a cementeras y empresas de hormigón llega en un momento en que el sector sufre una caída de la producción por encima del 35% por el parón de la construcción, descenso que se mantendrá previsiblemente a lo largo del actual ejercicio.

 

SE PIDE:


  1. Define los términos subrayados.

  2. ¿Qué intenta impedir la CNC?, ¿qué tipo de estructura de mercado refleja el artículo?.

  3. Cuadro comparativo de las características de los tipos de mercado.


 


ACTIVIDAD 14


 

 

ACTIVIDAD 16

 

 

 

ACTIVIDAD 18

 

 

ACTIVIDAD 20


 

 

 

ACTIVIDAD 26_S

 

 

 

 

 

JUEGOS ECONOMÍA