TEMA 11 GESTIÓN FINANCIERA |
FINANCIACIÓN |
F 1 FINANCIACIÓN A LARGO PLAZO |
| 1.1 CRÉDITO |
| 1.2 HIPOTECA |
| 1.3 PRÉSTAMO |
| 1.4 EMPRÉSTITO |
| 1.5 LEASING |
| 1.6 RENTING |
| 1.7 AMPLIACIÓN DE CAPITAL |
| 1.8 AUTOFINANCIACIÓN |
F 2 FINANCIACIÓN A CORTO PLAZO |
| 2.1 CRÉDITO AL CONSUMO |
| 2.2 DESCUENTO DE PROVEEDORES |
| 2.3 DESCUENTO DE EFECTOS |
| 2.4 PAGOS PENDIENTES |
| 2.5 FACTORING |
| 2.6 CONFIRMING |
| 2.7 DESCUBIERTO BANCARIO |
| 2.8 FRAUDES |
F 3 FINANCIACIÓN EMPRENDEDORES |
| 3.1 FINANCIACIÓN EMPRENDEDORES ARAGÓN |
| 3.2 INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL |
| 3.3 CROWDFUNDING |
| 3.4 SUBVENCIONES |
I 1 INVERSIÓN |
| 1.1 RENTA FIJA |
| 1.2 RENTA VARIABLE |
| 1.3 FONDOS DE INVERSIÓN |
| 1.4 PLANES DE PENSIONES |
I 2 BOLSA |
| 2.2 ANÁLISIS FUNDAMENTAL |
| 2.3 ANÁLISIS TÉCNICO |
I 3 PRESUPUESTO |
| 3.1 PRESUPUESTO PERSONAL |
| 3.2 PRESUPUESTO DE TESORERÍA DE LA EMPRESA |
| 3.3 PLAN DE VIABILIDAD ECONÓMICO FINANCIERO DE LA EMPRESA |
| 3.4 PRESUPUESTO GESTIÓN ADMINISTRATIVA |
| 3.5 PRESUPUESTO ADMINISTRACIONES PÚBLICAS |
| 3.6 PRESUPUESTO UE |
I 4 AHORRO |
I 5 SEGUROS |
I 6 CIBERSEGURIDAD |
I 8 CRIPTOMONEDA |
I 7 FRAUDES |
FP 8 FORMAS DE PAGO |
| 8.1 RECIBO |
| 8.2 CHEQUE |
| 8.3 CUENTA CORRIENTE |
| 8.4 TARJETA |
| 8.5 PAGARÉ |
| 8.6 LETRA DE CAMBIO |
| 8.7 MÓVIL |
| 8.8 INTERNET |
| 8.9 FRAUDES |
FE 9 FINANZAS ÉTICAS |
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Se entiende por contrato de seguro aquel por el que la parte aseguradora se obliga a indemnizar o a realizar otras prestaciones, dentro de los límites que se pacten, a la persona asegurada a cambio de una contraprestación económica (prima), en el caso de que se llegara a producir el hecho objeto de la cobertura (se produzca incendio, accidente, robo, etc.). |
Por regla general, la parte aseguradora será una compañía de seguros, mientras que la parte asegurada será una persona consumidora y usuaria.
Al documento en el que se formaliza el contrato de seguro se denomina póliza.
Las partes que intervienen en la contratación de un seguro son las que se enumeran a continuación:
Entidad aseguradora.
Es la persona jurídica o empresa (en general compañía de seguros) que, a cambio del cobro de un determinado importe económico (prima), adquiere el compromiso de indemnizar o realizar cierta prestación cuando sucede el hecho que ha sido asegurado o el siniestro (accidente, robo,…).
Persona tomadora del seguro.
Es la persona que contrata el seguro con la entidad aseguradora, firma la póliza y paga las cuotas (prima). Puede contratar el seguro por cuenta propia, en cuyo caso sería también la persona asegurada, o contratarlo por cuenta ajena, en cuyo caso otra persona sería la asegurada.
Persona asegurada.
Es la persona titular del riesgo asegurado, pudiendo coincidir la persona tomadora con la asegurada, si aquél contrata el seguro por cuenta propia.
Persona beneficiaria.
Es la persona que recibe la indemnización de la entidad aseguradora en el caso de que se produzca el hecho o contingencia objeto del seguro.
Una póliza es el contrato del seguro. Establece el vínculo entre una persona, un empresario o una persona jurídica (el llamado tomador del seguro) y una entidad aseguradora. En este contrato se especifican las obligaciones y los deberes de cada una de las partes. Por ley, la póliza del seguro tiene que estar redactada de forma clara y sencilla, para que todos los partícipes del contrato entiendan y sean conscientes de sus condiciones. La póliza está formada por tres partes:
- Condiciones generales. Aquí se detallan los derechos y los deberes de ambas partes en todos los aspectos relacionados con la fecha de inicio del contrato, su vigencia y su extinción.
- Condiciones particulares. En esta parte se reflejan los datos propios y únicos del contrato y se recogen las cláusulas que por voluntad de ambas partes regulan las coberturas (algo que explicaremos en el siguiente apartado).
- Condiciones especiales. Detallan las normas recogidas en las condiciones generales y particulares de la póliza.
Fuente: https://www.wtwco.com/
La prima de un seguro es el importe que el asegurado paga a la compañía de seguros, a cambio de una determinada cobertura.
Para calcularla, se tienen en cuenta diferentes factores como el tipo de seguro, el nivel de cobertura, el riesgo asociado o el perfil del asegurado. El ejemplo típico en el seguro del coche: las personas más adultas suelen tener menos accidentes de tráfico que las noveles. Las compañías utilizan estos datos estadísticos para saber qué rango de edad les implica un menor o un mayor gasto en indemnizaciones y, de este modo, establecer sus precios finales.
La franquicia de un seguro es un porcentaje o una cantidad fija que el asegurado asume en caso de siniestro. Es decir, esa cuantía (previamente acordada en el contrato) no sería abonada por la aseguradora, sino por el asegurado.
La franquicia tiene un objetivo claro: reducir la prima que se paga por el seguro, ya que, al asumir una parte de los gastos, el asegurado comparte el riesgo con la compañía.
Son una opción muy interesante para aquellas personas que nunca han dado un parte de accidente o que tienen menos probabilidades de tenerlo; ya sea por su edad, años de experiencia, etc.
Fuente: https://es.linkedin.com/
La empresa puede necesitar contratar una póliza de seguro, de forma voluntaria u obligatoria. Algunas de las causas que pueden motivar la obligatoriedad de la firma de un seguro pueden ser:
- La actividad a la que se vaya a dedicar (transporte, instalación electrica, educación,...)
- El Convenio Colectivo aplicable
- Los Estatutos Sociales, respecto a los adminsitradores, que pueden imponer la constitución de ciertas garantías.
- Seguros Multiriesgos para garantizar daños propios a los bienes de la empresa.
- Seguro de Transportes para no sufrir perdidas económicas por la perdida de las mercancías transportadas
- Seguros de Protección Jurídica de la empresa antes daños o perjuicios sufridos por actuación de terceros.
- Seguros de Rotura maquinaria.
- D&O para cubrir las reclamaciones de los directivos de la empresa
- Vehículos, flotas
Seguros de contenido
Seguros de continente
Los seguros que más frecuentemente contratan las empresas son:
- Responsabilidad Civil: La Responsabilidad Civil en general, puede definirse como la obligación legal que tiene cualquier persona física o jurídica de satisfacer o reparar cualquier menoscabo, daño o pérdida causados a un tercero por culpa o negligencia. Esta obligación viene regulada en nuestro ordenamiento jurídico, artículo 1.902 del Código Civil que establece: "el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. A través de este seguro, el asegurador asume el pago de las indemnizaciones que puedan producirse por reclamaciones que realice un tercero por la responsabilidad en la que haya incurrido el asegurado, o personas de las que deba responder civilmente. Con este seguro se traslada el pago de indemnizaciones a la compañía aseguradora. Para determinadas actividades es imprescindible tenerlo contratado.
- Convenio Colectivo: En los diferentes convenios se establece la obligatoriedad de contratar un seguro colectivo sobre la vida para los trabajadores. Las caracteristicas que debe reunir este tipo de seguro vienen establecidas legalmente y deben ser acordes con el Convenio.
- Crédito y Caución: El seguro de crédito es un instrumento al servicio de las empresas, que protege sus cuentas comerciales a cobrar contra el riesgo de mora prolongada y el de insolvencia de sus clientes compradores, garantizando con ello uno de sus activos más importantes. El seguro de caución es una de las soluciones para las empresas que, por exigencias legales o contractuales, necesitan garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas frente a terceros.
- Seguros de construcción: La ley de ordenación de la edificación, del 5 de Noviembre de 1999 que entró en vigor el día 6 de mayo del 2000, obliga a todos los constructores a contratar un seguro que cubra durante 10 años toda edificación Seguro de Actividades Empresariales Solución aseguradora para una pequeña empresa por la que se protege su patrimonio, tanto el inmovilizado como sus mercancías en tránsito, así como su cuenta de resultados y los posibles daños que pudiera ocasionar a terceros, mediante una amplia cobertura de riesgos nominados o multirriesgo.

Para proteger las instalaciones de la empresa y que ningún contratiempo ponga en riesgo la continuidad de su negocio le ofrecemos asesoramiento integral para la contratación del seguro.
Nuestros especialistas se pondrán en contacto con usted para conocer sus características y adaptar el seguro a las necesidades de su negocio.
Disponemos de productos exclusivos para asegurar gran cantidad de riesgos y negocios:
- Seguro de oficinas.
- Seguro para despachos.
- Seguro para almacenes.
- Seguro para naves.
- Seguro para comercios.
Garantías más habituales:
- Incendio, explosión y caída de rayo.
- Robo y expoliación.
- Rotura de cristales.
- Daños por agua.
- Extensión de garantías.
- Daños eléctricos.
- Equipos electrónicos.
- Avería en maquinaria.
- Pérdida de beneficios.
- Responsabilidad civil de explotación, patronal, producto, ....
Estamos especializados en seguros de PYMES y gran empresa, que por sus características merecen especial atención.
Para ampliar la información, solicitar un presupuesto detallado o consultarnos sobre algún riesgo específico haga clic en Solicitar información o contacte con nosotros en los teléfonos 902 40 55 40 y 976 37 37 38 en horario de oficina.
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ACTIVIDAD 2
A Contesta a las siguientes cuestiones:
ACTIVIDAD 8
D Contesta a las siguientes cuestiones en función del documento EJERCICIO AUTO TERCEROS
ACTIVIDAD 10 REALIZA UN Análisis comprativo de ambos seguros
| NOMBRE | SEGURO AUTOMÓVIL A TERCEROS |
SEGURO AUTOMÓVIL A TODO RIESGO |
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| PRIMA | |||
| COBERTURA | RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIA | ||
| RESPONSABILIDAD CIVIL COMPLEMENTARIA | |||
| INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS | |||
| RECLAMACIÓN DE DAÑOS | |||
| ACCIDENTES CORPORALES DEL CONDUCTOR | |||
| ASISTENCIA EN VIAJE | |||
| GRUA | |||
| FRANQUCIA | |||
| póliza | |||
| empresa aseguradora | |||
| TOMADOR | |||
| MEDIADOR | |||
ACTIVIDAD 12
| NOMBRE | SEGURO AUTOMÓVIL A TERCEROS | SEGURO AUTOMÓVIL A TODO RIESGO | ||||||
| PRIMA | COBERTURA | GRUA | FRANQUCIA | PRIMA | COBERTURA | GRUA | FRANQUCIA | |
| MAPFRE | ||||||||
| ZALBA-CALDU | ||||||||
| AXA | ||||||||
| ALLIANZ | ||||||||
| MUTUA MADRILEÑA | ||||||||
| LINEA DIRECTA | ||||||||
| EMPRESA | PROYECTO EMPRESARIAL | MÁRKETING | ATENCIÓN AL CLIENTE |
| CANAL EMPRESA | CANAL EMPRENDEDORES | CANAL MK | CANAL MK |
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| PRRLL | EMPLEO PÚBLICO | TRABAJO | |
| CANAL RRHH | CANAL OPOSICIONES | CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO | |
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| COMUNICACIÓN | SEGURIDAD SOCIAL | RETRIBUCIONES Y SALARIO | PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN |
| CANAL COMUNICACIÓN | CANAL SEGURIDAD SOCIAL | CANAL SALARIO | CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA |
| GESTIÓN TRIBUTARIA | GESTIÓN FINANCIERA | BOLSA | |
| CANAL TRIBUTACIÓN | CANAL FINANZAS | CANAL BOLSA | CANAL PELÍCULAS |
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| PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO | LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CONTABILIDAD Y EMPRESA |
| CANAL PRODUCCIÓN | CANAL LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CANAL CONTABILIDAD |
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