| TEMA 1 DERECHO LABORAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 2 CONTRATO DE TRABAJO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 3 MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 4 JORNADA LABORAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 5 RETRIBUCIONES Y SALARIO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 6 MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN CT | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 7 PARTICIPACIÓN | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
TEMA 8 SEGURIDAD SOCIAL |
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TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL REGÍMENES |
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TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL TRÁMIITES Y COTIZACIÓN
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| TEMA 12 DIRECCIÓN EMPRESARIAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 13 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: LIDERAZGO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 14 DIRECCIÓN EMPRESARIAL : MOTIVACIÓN | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 15 DIRECCIÓN EMPRESRARIAL: TRABAJO EN EQUIPO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 16 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: ORGANIZACIÓN | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 17 DIRECCIÓN EMPRESARIAL : COMUNICACIÓN | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 18 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: NEGOCIACIÓN | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 19 ORIENTACIÓN LABORAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 20 SELECCIÓN DE PERSONAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 21 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 22 RIESGOS LABORALES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 23 SALUD LABORAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 24 PRIMEROS AUXILIOS | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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El sistema de la Seguridad Social tiene una naturaleza contributiva que se basa en
la financiación de las empresas y las personas trabajadoras.
A EMPRESATRAM RRHH 1 INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA TA6TRAM RRHH 2 ALTA DE LA EMPRESA TA7TRAM RRHH 3 ALTA EN EL SISTEMA REDTRAM RRHH 4 ENTIDAD COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL |
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B EMPRESARIOTRAM RRHH 5 AFILIACIÓN AUTÓNOMO TA1TRAM RRHH 6 ALTAS Y BAJAS AUTÓNOMO TA521TRAM RRHH 7 ENTIDAD COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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TRAM RRHH 8 TRÁMITES DPTO. TRABAJO DGA: APERTURA CENTRO DE TRABAJO |
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TRAM RRHH 9 TRÁMITES DPTO. TRABAJO DGA: CALENDARIO LABORAL |
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TRAM RRHH 10 ORGANIGRAMA |
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TRAM RRHH 12 REGISTRO DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN |
Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA) |
TRAM RRHH 13 OFERTA DE EMPLEO INAEM |
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TRAM RRHH 14 CONTRATO DE TRABAJO SEPE |
El Servicio Público de Empleo |
TRAM RRHH 15 COMUNICACIÓN COPIA BÁSICA A REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES |
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TRAM RRHH 16 COMUNICACIÓN DE DATOS AL PAGADOR MODELO 145 |
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TRAM RRHH 17 AFILIACIÓN TRABAJADOR TA1TRAM RRHH 18 ALTAS BAJAS DEL TRABAJADOR TA2TRAM RRHH 19 ENTIDAD COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL |
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A EMPRESATRAM RRHH 1 INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA TA6TRAM RRHH 2 ALTA DE LA EMPRESA TA7TRAM RRHH 3 ALTA EN EL SISTEMA RED
TRAM RRHH 4 ENTIDAD COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIALPROPOSICIÓN ASOCIACIÓN MUPRESPA
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El/la empresario/a, ya sea persona física o jurídica, pública o privada, que vaya a contratar a personas trabajadoras, deberá solicitar su propia inscripción. Es un requisito indispensable y previo al inicio de su actividad.
Se ha de realizar en la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de la provincia en la que radique el domicilio de la persona titular de la empresa o en el que esté situado el centro de trabajo.
También puede efectuarse en las administraciones de la Seguridad Social de la provincia.
La inscripción es única para todo el Estado español y válida durante toda la existencia de la empresa. La persona que tiene la empresa solicitará un código de cuenta de cotización en cada una de las provincias donde ejerza actividad y se vinculará al código principal.
Tras la inscripción de la empresa, la Tesorería General de la Seguridad Social le asigna el código de cuenta de cotización para su identificación numérica y para el control de sus obligaciones. En este acto la persona que tiene la empresa indicará si opta por el INSS o por una mutua para cubrir los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

B EMPRESARIOTRAM RRHH 5 AFILIACIÓN AUTÓNOMO TA1TRAM RRHH 6 ALTAS Y BAJAS AUTÓNOMO TA 521TRAM RRHH 7 ENTIDAD COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL |
Deberán causar alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social todas las personas mayores de 18 años que trabajen por cuenta propia, que realicen de forma habitual una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo, independientemente de que contraten a otras personas.
La afiliación y el alta se llevarán a cabo en un plazo de 60 días antes del inicio de la actividad (modelo TA0521).
El número de cuenta de cotización asignado a la persona que trabaja por cuenta propia o autónoma será su número de la Seguridad Social o, en su defecto, el número de afiliación a la Seguridad Social que se le asigne.
Las empresas están obligadas a afiliar en el sistema de la Seguridad Social a toda persona que contraten.
La afiliación de las personas trabajadoras a la Seguridad Social es obligatoria para todo el personal. Esta afiliación es única y para toda la vida de las personas trabajadoras, sin perjuicio de las bajas, altas y demás variaciones que puedan producirse con posterioridad a la primera afiliación (Tabla 6.11).
La afiliación debe ser realizada por la empresa mediante el modelo TA.1; no obstante, si esta no lo hiciese, podrán practicarla las propias personas trabajadoras o de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social. La afiliación inicial de la persona trabajadora implica su alta en la Seguridad Social. La afiliación y el alta del personal se realiza a través del Sistema RED de la Seguridad Social.
Las altas se realizarán con anterioridad al inicio de la relación laboral pero, cuando la solicitud se realice fuera de plazo, tendrá efecto desde el día de su presentación.
• Número de la Seguridad Social
Al solicitar la afiliación a la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social asignará un número a cada ciudadana y ciudadano para identificarlo en sus relaciones con la Seguridad Social como afiliada/o en alta en cualquiera de los regímenes, como trabajador/a por cuenta propia, ajena o asimilado.
La Seguridad Social asigna a cada persona trabajadora un número de afiliación que consta de doce cifras: las dos primeras corresponden a la provincia donde se afilia, las siete siguientes a la afiliación y las dos últimas son de control

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TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL REGÍMENES | |||||||||||||||||||||||
TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL COTIZACIÓN
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ACTIVIDAD ON LINE 1
Realiza las actividades y remite un pantallazo de los resultados.
Fuente: https://apalancate.es/
ACTIVIDAD 1
| TRÁMITES RECURSOS HUMANOS | EMPRESA | EMPRESARIO | TRABAJADOR |
| TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL | |||
| MUTUA O ENTIDAD COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL | |||
| GOBIERNO DE ARAGÓN o DGA | |||
| INAEM (INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO) | |||
| SEPE (SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO PÚBLICO) | |||
| AGENDA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA | |||
| ISSLA (INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL ARAGÓN) | |||
| PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES |
ACTIVIDAD2
| TRÁMITÉS SEGURIDAD SOCIAL | INSCRIPCIÓN SS | ALTA SISTEMA RED | ENTIDAD COLABORADORA SS | AFILIACIÓN | ALTA |
|---|---|---|---|---|---|
| EMPRESA | |||||
| EMPRESARIO | |||||
| TRABAJADOR |
JUEGO 2
JUEGO 4
JUEGO 6
| EMPRESA | PROYECTO EMPRESARIAL | MÁRKETING | ATENCIÓN AL CLIENTE |
| CANAL EMPRESA | CANAL EMPRENDEDORES | CANAL MK | CANAL MK |
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| PRRLL | EMPLEO PÚBLICO | TRABAJO | |
| CANAL RRHH | CANAL OPOSICIONES | CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO | |
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| COMUNICACIÓN | SEGURIDAD SOCIAL | RETRIBUCIONES Y SALARIO | PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN |
| CANAL COMUNICACIÓN | CANAL SEGURIDAD SOCIAL | CANAL SALARIO | CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA |
| GESTIÓN TRIBUTARIA | GESTIÓN FINANCIERA | BOLSA | |
| CANAL TRIBUTACIÓN | CANAL FINANZAS | CANAL BOLSA | CANAL PELÍCULAS |
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| PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO | LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CONTABILIDAD Y EMPRESA |
| CANAL PRODUCCIÓN | CANAL LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CANAL CONTABILIDAD |
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