La incapacidad permanente: “Tus lesiones son permanentes, crónicas e irreversibles”
En España hay 10,2 millones de pensionistas, de los cuales 989.767 reciben pensiones por incapacidad permanente, según los últimos datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social, del pasado mes de noviembre
Marina Vítora 20 Dic, 2024
Persona con dolencia (Adobe Stock)
La incapacidad permanente en España es una prestación destinada a los trabajadores que, tras un tratamiento médico y recibir el alta, presentan limitaciones graves que afectan su capacidad para desempeñar su labor. Su objetivo es compensar la pérdida de ingresos derivada de estas limitaciones. Según los últimos datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social, del pasado mes de noviembre, en España hay 10,2 millones de pensionistas, de los cuales 989.767 reciben pensiones por incapacidad permanente.
La Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 194, establece cuatro grados de incapacidad permanente, determinados por el porcentaje de reducción de la capacidad laboral: incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez. Cada grado implica diferentes niveles de prestación económica en función de la gravedad de la incapacidad.
La valoración y revisión de estas situaciones son realizadas por un Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que se encarga de emitir los informes médicos pertinentes. Estos documentos sirven como base para que la Seguridad Social determine si corresponde conceder, mantener o retirar la prestación asociada.
Por qué solicitar la incapacidad permanente si se llevan 18 meses de baja
El abogado Un tío legal explica por qué debes solicitar la incapacidad permanente si lle
“La baja médica tiene una finalidad, que es curarte o que tus lesiones se estabilicen. Pero cuando llegas a los 18 meses, se ha acabado todo el tratamiento posible, sigues teniendo problemas, e incluso no puedes trabajar ahí, no hay que seguir de baja médica, hay que hacer una solicitud de incapacidad permanente porque tus lesiones son permanentes, crónicas e irreversibles”, explica. Este procedimiento permite estudiar si el trabajador puede recibir una pensión en función de la gravedad de sus lesiones y la posibilidad de desempeñar otra actividad laboral.
En este sentido, la incapacidad permanente total, según aborda el experto, se concede a quienes no pueden ejercer su profesión habitual pero sí otras actividades. En este caso, la prestación equivale al 55% de la base reguladora, que aumenta al 75% al cumplir los 55 años si el beneficiario no trabaja.
En casos más severos, cuando las lesiones impiden cualquier actividad laboral, se puede solicitar la incapacidad permanente absoluta, que cubre el 100% de la base reguladora. Para los afectados que requieren ayuda constante de una tercera persona, se puede plantear la gran invalidez, con un complemento adicional.
“No hay una enfermedad que dé derecho a una incapacidad o a otra. Se tiene que valorar las lesiones que tienes, las limitaciones que te han dejado y la profesión que tienes y la capacidad residual de trabajo. Es decir, que puedes hacer después de que tus lesiones se hayan estabilizado. Así que no te engañen”, enfatiza el abogado.
1¿Cuántos pensionistas hay en España?
2¿Cuántos de ellos perciben una pensión por Incapacidad Permanente?
3¿A quién va destinada la incapacidad permanente?
4¿Cuántos grados de SS reconoce la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 194?
5¿Quién realiza la valoración y revisión de estas situaciones?
ACTIVIDAD 10
El TSJ de Madrid desestima conceder la incapacidad permanente a un consultor informático con migraña crónica
Redacción Confilegal 15/10/2024

Las magistradas de la Sección 5 de lo Social del TSJM, María Antonia de la Cueva, Begoña García y Ana María Orellana, recuerdan que, en el momento de la valoración, el actor había vuelto a vivir con los padres experimentando una mejoría porque le ayudaban con sus hijos.
TSJ de Madrid ha desestimado conceder la incapacidad permanente a un consultor informático con migraña crónica y ratifica la decisión de un juzgado Social de la capital en una sentencia fechada el 3 de noviembre de 2023.
Según consta en los autos, el cuadro clínico del recurrente consistía en migraña cronificada con sobreuso de analgesia.
Igualmente, se encontraba en seguimiento por psicología del Hospital Universitario Rey Juan Carlos, derivado por neurología por ánimo reactivo, mediado por los dolores migrañosos y ansiedad de carácter cognitivo.
La Sala, en su sentencia, Nº 429/2024, centra la controversia en determinar si el conjunto de padecimientos que presenta el trabajador permite encuadrar su situación en el grado de invalidez solicitado, incapacidad permanente.
Las magistradas de la Sección 5 de lo Social del TSJM, María Antonia de la Cueva, Begoña García y Ana María Orellana, recuerdan que, en el momento de la valoración, el actor había vuelto a vivir con los padres experimentando una mejoría porque le ayudaban con sus hijos.
“Este cuadro residual no le inhabilita para su profesión habitual, puesto que ha mejorado su padecimiento”, expresan las magistradas.
Por otra parte, el tribunal tiene en cuenta que la Guía de Valoración Profesional de Incapacidades de la Seguridad Social atribuye a la profesión de consultor informático o analista de sistemas un requerimiento de carga mental de comunicación, toma de decisiones y atención/complejidad de grado 3 sobre 4; y en atención al público y apremio, de grado 2 sobre 4.
“Estas circunstancias unidas a la mejoría de la migraña nos permiten colegir que puede desempeñar, con pleno rendimiento y eficacia las labores fundamentales de su profesión, no encontrándose afecto de incapacidad permanente total y, en menor medida, de incapacidad permanente absoluta.
Por ello, desestiman el recurso de suplicación y confirman la sentencia recurrida.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
1¿Qué dos tribunales han denegado la incapacidad y en qué orden?
2¿Qué sentencia ha denegado la incapacidad?
3¿Ante quién se puede recurrir la Sentencia por no ser firme?
4¿Cuáles son las razones por las cuales se le ha denegado la incapacidad?
ACTIVIDAD 12
La Seguridad Social deniega el 65% de las incapacidades permanentes tras bajas de más de año y medio
Los procesos de más de 365 días suponen más de un tercio de los días de baja por incapacidad temporal y concentran la mitad del aumento del absentismo
Una mujer en el mostrador del centro de salud.
Alba Menéndez
11 / 06 / 2025 -
Doce meses es la duración máxima de un baja a partir de la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revisa la situación médica del trabajador para la prórroga o no de la incapacidad temporal (IT). A los 18 meses finaliza esa prórroga de la IT y, en teoría, es el momento de la resolución de la baja, bien con el alta definitiva o con el paso a la situación de incapacidad permanente.
En 2023, el 65% de los procesos finalizados que superaron los 18 meses de duración se cerraron con la denegación de la incapacidad permanente (frente al 51,2% de 2018), mientras que solo se aprobó en el 33% de los casos. Así consta en el Estudio socioeconómico de la evolución de la IT y la siniestralidad, publicado por el Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (Ivie) y Umivale Activa.
Las cifras obtenidas en base a microdatos de la Seguridad Social llaman la atención de los investigadores. "Además de haberse incrementado el número de casos que alcanzan mayores duraciones, su resolución es mayoritariamente la denegación de la Incapacidad Permanente, lo que hace replantearse si estos casos debieran haber durado menos y haberse resuelto antes de alcanzar estas largas duraciones", explican.
Por su parte, en los procesos finalizados de 12 meses, los casos en los que se deniega la incapacidad permanente han pasado de un 29,9% en 2018 a un 50,1% en 2024. Y solo en el 26% de los casos se concedió la incapacidad permanente, frente al 32,3% de 2018.
La incapacidad temporal y el alza de duración de los procesos es un problema que está intentando atajar el ministerio que dirige Elma Saiz, debido al coste no solo para las arcas públicas sino también para las empresas. No en vano, en 2024 se perdieron 368,7 millones de días de trabajo por las incapacidades temporales. Y de ellos, 110 millones se deben a los procesos de larga duración de IT es decir, las bajas laborales superiores a un año.
Aunque los procesos de larga duración representan solo el 2,4% del total de casos finalizados, concentran el 34,1% de los días totales de baja y suponen la mitad del aumento de estos entre 2018 y 2023. Concretamente, los días perdidos correspondientes a este tramo han aumentado un 87% en los últimos seis años, mientras que los días perdidos por bajas inferiores a los 12 meses solo se han elevado en conjunto un 35%.
Las cifras han hecho saltar las alarmas a los investigadores. El aumento de las bajas de larga duración y el aumento de las denegaciones de baja permanente fija un patrón que "sugiere la existencia de márgenes potenciales para reducir la duración de las bajas sin afectar a la salud de los trabajadores, en la medida que una parte parece corresponder al modelo predominante de gestión y no a los propios requerimientos de la patología que da lugar a la baja".
En este sentido, los investigadores remarcan que "la duración de los procesos podría aumentar como consecuencia de problemas de saturación, falta de recursos, listas de espera, cambios normativos en la gestión y control de la incapacidad temporal u otras ineficiencias del sistema sanitario".
Respecto a la correlación entre la duración de las bajas y las listas de espera por comunidades autónomas, ya que las competencias de sanidad están transferidas a las autonomías, aseguran que "la duración es algo menor en las comunidades con menos problemas de espera en la atención especializada" y "algo mayor en las comunidades con más problemas de espera para una intervención no urgente".
En la misma línea, el Consejo Económico y Social (CES) exponía hace unos días en su Memoria sobre la situación socioeconómica y laboral de España 2024 que las listas de espera del sistema sanitario público se han convertido en un problema estructural. "El volumen de pacientes en espera se ha mantenido en cifras elevadas, esta situación repercute negativamente en otras prestaciones del sistema como las bajas por incapacidad laboral".
El estudio del CES cifra en casi 850.000 (846.583) pacientes que han tenido que esperar para ser intervenidos quirúrgicamente en 2024 y con un tiempo medio de espera de 4,2 meses. En lo referente a consultas externas con especialistas, casi 4 millones de personas tuvieron que esperar 3,5 meses para ser atendidos y en las consultas de especialistas posteriores a la primera, el promedia fue de 6,3 meses.
El proceso de consultas se alarga hasta los 16 meses
Por su parte, Funcas organizó este miércoles una jornada sobre las posibles mejoras que podrían abordarse en la gestión de las listas de espera. Joan Barrubes, consultor sanitario y socio de Antares Consulting, puso el foco en el tiempo promedio de espera en la consulta desde la entrada del paciente hasta su salida: "Un proceso de atención especializada en consulta tarda 16 meses en resolverse".
Mercedes Alfaro, subdirectora general de información sanitaria en el Ministerio de Sanidad, aseguró que en 2018, el 28% de los pacientes eran vistos por el médico de familia o pediatra en las primeras 48 horas y el 72% restante recibían atención médica en cuatro días. Los datos para 2024 muestran un empeoramiento en la atención primaria, el número de personas que han sido vistas en las primeras 48 horas se ha reducido al 21% y para el resto, se ha duplicado el tiempo medio de duración en ser atendido, hasta los ocho días.
Para paliar la situación, Salvador Peiró, investigador de la Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomedica de la Comunidad Valenciana (Fisabio), propuso más recursos (centros, personal, incentivos a la sanidad privada) y planes de choque, reducción de estancias medias, optimización de tiempos en quirófanos, sistemas de incentivos o priorización clínica.
Sin embargo, las mejoras organizativas pueden ser más eficaces que el aumento de los medios. Según apuntó Peiró, los estudios muestran que las medidas tomadas de cara a incrementar la oferta no reducen las listas de espera, si no todo lo contrario, las hacen aumentar. Así, los informes señalan "que quien opera más, tiene más lista de espera", concluyó.
Fuente: https://www.elindependiente.com/economia/2025/06/11/seguridad-social-deniega-65-incapacidades-permanentes-bajas-mas-ano-medio/
1¿Qué porcentaje de las incapacidades permanentes deniega la Seguridad Social?
2¿Cuán es la duración máxima de un baja a partir de la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revisa la situación médica del trabajador para la prórroga o no de la incapacidad temporal (IT).?
- 3¿En qué momento se procede a la resolución de la baja, bien con el alta definitiva o con el paso a la situación de incapacidad permanente.?
4¿Qué aspectos del artículo opinas que deberían mejorar?
ACTIVIDAD 14
PRESENTACIÓN CANVA ANÁLISIS INCAPACIDAD PERMANENTE POR PAÍSES (ANALIZA CINCO PAÍSES empezando por tu orden de lista, y añade dos más de tu interés)
https://datosmacro.expansion.com/pib