FUNDAMENTOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

CANAL EMPRESA
CANAL EMPRESA Y ESTRATEGIA
CANAL EMPRENDEDORES
CANAL MÁRKETING
CANAL FINANZAS CANAL BOLSA
CANAL RECURSOS HUMANOS CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
CANAL PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
TEMA 1 EMPRESA
TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL
TEMA 3 LOCALIZACIÓN
TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS
TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN
TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO
TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS
TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA
TEMA 9 CONTABILIDAD Y EMPRESA
TEMA 10 MÁRKETING
TEMA 11 GESTIÓN FINANCIERA
TEMA 12 RECURSOS HUMANOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS

 

 

SE_1 GESTIÓN COMERCIAL

SE_5 GESTIÓN DE PERSONAL

SEGURIDAD SOCIAL

SE_2 GESTIÓN COMUNICACIÓN SE_6 GESTIÓN TRIBUTARIA
SE_3 GESTIÓN CONTABLE SE_7 GESTIÓN MÁRKETING
SE_8 GESTIÓN FINANCIERA

OCTUBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31      

 

 

 

 

OCTUBRE

20  OCTUBRE I.V.A.

 

 

 

 

 

 

 

 

 


I.V.A.

 


D_IVA_1

_ EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE:  MODELO 303 (Nuevo modelo de Autoliquidación de IVA 2014, régimen general y régimen simplificado).  Trimestral para las pequeñas empresas   el modelo 303 es del 1 al 20 del mes siguiente al período de liquidación. En el caso de la liquidación correspondiente al mes de diciembre se realizará en enero junto al modelo 390 de resumen anual, siendo el plazo de presentación hasta el día 30 de enero.   EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  

 

D_IVA_2


EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE:  MODELO 349: Si realizamos entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes así como lo que han denominado prestaciones intracomunitarias de servicios, estaremos obligados a presentar este modelo. El carácter periódico de este modelo varía en función del volumen de las entregas o prestaciones realizadas: puede ser mensual, bimestral, trimestral o anual. Antes de realizar este modelo habrá que darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios a través del modelo 036.  EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  

 

 

LIBRO REGISTRO FACTURAS EXPEDIDAS EMPRESA SIMULADA

LIBRO REGISTRO FACTURAS RECIBIDAS EMPRESA SIMULADA

 

 

REALIZA LA LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL DE IVA





IMAGEN-MODELO-303

 

 

MODELO 303

TRIMESTRAL

20 ABRIL

20 JULIO

20 OCTUBRE

30 ENERO

MODEO 347

ANUAL

FINAL DE FEBRERO AÑO SIGUIENTE
(Declaración Anual de Operaciones anuales con terceros superiores a 3.005,06 €). 

 

MODELO 340

MENSUAL

están obligados a realizarlo aquellos que estén en inscritos en el Registro de Devolución Mensual. Tiene periodicidad mensual y se declararan los libros registro de IVA que están obligados a llevar cualquier empresario o profesional. Si se está obligado a realizar este modelo, no deberá realizarse el 347.

REGÍMENES ESPECIALES

MODELO 349

Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

TRIMESTRAL

20 ABRIL

20 JULIO

20 OCTUBRE

30 ENERO

MODELO 390

ANUAL

DÍA 30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE:    (Resumen Anual I.V.A. 303).   30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

 

 

 

 

 

 

 


IRPF

 


D_IRPF_1

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE:    EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  

MODELO 111


. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.Información contenida en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Trimestral para las pequeñas empresas.  Liquidación de retenciones a cuenta del IRPF, se realiza en el modelo 111    El empresari concepto de IRPF a los mismos.

Trimestralmente, en los primeros 20 días naturales de cada mes hará la correspondiente liquidación de dichas retenciones mediante el modelo 111
En los 20 primeros días naturales de enero, realizará el resumen anual en el modelo 190

 

 

D IRPF 2

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE:
 

  MODELO 115


Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.Información contenida en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria
 Trimestral para las pequeñas empresas.   Liquidación de retenciones a cuenta de IRPF por alquileres, se realiza en el modelo 115   Si la sede del negocio se encuentra en un local alquilado, el empresario, también está obligado a retener IRPF al arrendatario. Las liquidaciones por tal concepto las hará trimestralmente en el modelo 115.

 


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS IRPF

MODELO 100

DESDE EL 1 DE MAYO AL 30 DE JUNIO
(Declaración Anual I.R.P.F.).

mod102_SEGUNDO_PLAZO IRPF.pdf  DÍA   30 NOVIEMBRE SEGUNDO PLAZO IRPF

 

1 FISCALIDAD AUTÓNOMOS

1.1 ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL

1.2 ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA

MODELO 130 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  En el caso de la liquidación correspondiente al mes de diciembre el plazo de presentación hasta el día 30 de enero.  

Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa.Declaración – Liquidación.

 

1.3 ESTIMACIÓN OBJETIVA

MODELO 131 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  En el caso de la liquidación correspondiente al mes de diciembre el plazo de presentación hasta el día 30 de enero.  

Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva.Declaración – Liquidación. 

 

 

 

 

 

2 RETENCIONES TRABAJADOR

3 RETENCIONES EMPRESARIO

 

 

MODELO 145 ANUAL

PRIMERA SEMANA ENERO IRPF. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador (art. 86 del Reglamento del IRPF).

MODELO 111 TRIMESTRAL

    EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  

Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.

MODELO 190 ANUAL

  (Resumen Anual Retenciones Trabajo 111).  30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

MODELO 115 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE:
Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

MODELO 180 ANUAL

(Resumen Anual Retenciones Arrendamientos 115).  30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

CERTIFICADO RETENCIONES ANUAL

DÍA 30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 





 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

D FISCALIDAD

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

 

 


MODELO 202


Modelo 202 (Pago A/C Impuesto Sociedades Régimen General).  (no obligación de pagos fraccionados  los dos primeros años) 

1-20 ABRIL

1-20 OCT

1-20 DIC

La presentación del modelo 202 será obligatoria para aquellos contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea superior a 6 millones de euros durante los doce meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo al que corresponda el pago fraccionado.
Para el resto de entidades, en los supuestos en que, de acuerdo con las normas reguladoras de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, no deba efectuarse ingreso alguno en concepto de pago fraccionado de los citados impuestos en el período correspondiente, no será obligatoria la presentación del modelo 202.



 

 

MODELO 200

Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades

1-21 JULIO AÑO SIGUIENTE

 

MODELO 201

 Impuesto sobre Sociedades. Declaración-liquidación simplificada del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes).

MODELO 202

 (Pagos a cuenta Impuesto Sociedades Régimen General).  (no obligación de pagos fraccionados  los dos primeros años) 

1-20 ABRIL

1-20 OCT

1-20 DIC



 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 


 

 

 

 

 

JUNIO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30  

 

 

JULIO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31    

 

 

AGOSTO

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31    

 

 

SEPTIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30          

 

 

OCTUBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31      

 

 

NOVIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30          

 

 

 

 

DICIEMBRE

1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30         31

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

EMPRESA PROYECTO EMPRESARIAL MÁRKETING ATENCIÓN AL CLIENTE
CANAL EMPRESA CANAL EMPRENDEDORES  CANAL MK CANAL MK

       

DIRECCIÓN DE RRHH

RRHH

PRRLL EMPLEO PÚBLICO TRABAJO
CANAL RRHH CANAL OPOSICIONES  CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
       
COMUNICACIÓN SEGURIDAD SOCIAL RETRIBUCIONES Y SALARIO PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN
CANAL COMUNICACIÓN  CANAL SEGURIDAD SOCIAL  CANAL SALARIO  CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA 
       
       
GESTIÓN TRIBUTARIA GESTIÓN FINANCIERA BOLSA  
CANAL TRIBUTACIÓN CANAL FINANZAS CANAL BOLSA CANAL PELÍCULAS
       
PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CONTABILIDAD Y EMPRESA
CANAL PRODUCCIÓN CANAL LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CANAL CONTABILIDAD

 

CBL10