FAG

 

FUNDAMENTOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

TEMA
TEMA 1 EMPRESA
TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL
TEMA 3 LOCALIZACIÓN
TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS
TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN
TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO
TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS
 
 
 
TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA
 
 
 
 
MODELO 100
MODELO 111 
MODELO 190
MODELO 115
MODELO 180 
1.1 ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL
1.2 ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA
1.3 ESTIMACIÓN OBJETIVA
 
2 RETENCIONES TRABAJADOR
3 RETENCIONES EMPRESARIO
CERTIFICADO RETENCIONES
 
 
MODELO 200
MODELO 201
MODELO 202
 
MODELO 303
MODELO 390
MODELO 347
MODELO 340
MODELO 349
REGÍMENES ESPECIALES
 
 
 
 
2 OBLIGACIONES FISCALES
 
 
3 PARAÍSO FICAL
 
 
 
 
TEMA 9 CONTABILIDAD Y EMPRESA
TEMA 10 MÁRKETING
TEMA 11 GESTIÓN FINANCIERA
TEMA 12 RECURSOS HUMANOS
CANAL EMPRESA
CANAL EMPRESA Y ESTRATEGIA
CANAL EMPRENDEDORES
CANAL MÁRKETING
CANAL FINANZAS CANAL BOLSA
CANAL RECURSOS HUMANOS CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
CANAL PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

 

 

1 IMPUESTOS

1.1 IAE 1.3 IP 1.6 IVA 1.11 IVTM 1.8 GESTIÓN DE IMPUESTOS
1.1 IAE LOCAL 1.4 IRPF 1.7 IMPUESTOS ESPECIALES 1.12 IVTNU 1.9 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
1.2 IAJD 1.5 IS 1.10 IBI 1.13 ICO  

 

 

 

 

 

2 OBLIGACIONES FISCALES
3 PARAÍSO FICAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Infografía de la liquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas

 

 

 

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS IRPF

MODELO 100

DESDE EL 1 DE MAYO AL 30 DE JUNIO
(Declaración Anual I.R.P.F.).

mod102_SEGUNDO_PLAZO IRPF.pdf  DÍA   30 NOVIEMBRE SEGUNDO PLAZO IRPF

 

1.FISCALIDAD AUTÓNOMOS

1.1 ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL

1.2 ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA

MODELO 130 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  En el caso de la liquidación correspondiente al mes de diciembre el plazo de presentación hasta el día 30 de enero.  

Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa.Declaración – Liquidación.

 

1.3 ESTIMACIÓN OBJETIVA

MODELO 131 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  En el caso de la liquidación correspondiente al mes de diciembre el plazo de presentación hasta el día 30 de enero.  

Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva.Declaración – Liquidación. 

 

 

 

 

 

2 RETENCIONES TRABAJADOR

3 RETENCIONES EMPRESARIO

MODELO 145 ANUAL

PRIMERA SEMANA ENERO IRPF. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador (art. 86 del Reglamento del IRPF).

MODELO 111 TRIMESTRAL

    EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE  

Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.

MODELO 190 ANUAL

  (Resumen Anual Retenciones Trabajo 111).  30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

MODELO 115 TRIMESTRAL

EL DÍA 20 DEL MES SIGUIENTE AL TRIMESTRE:
Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

MODELO 180 ANUAL

(Resumen Anual Retenciones Arrendamientos 115).  30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

CERTIFICADO RETENCIONES ANUAL

DÍA 30 DE ENERO AÑO SIGUIENTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 


 


ACTIVIDAD IRPF









 



La Constitución española establece en el artículo 31, que todos contribuirán al “sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica.”

Una de las manifestaciones más directas y expresivas de la capacidad económica de una persona es la renta global que percibe, medida durante un determinado periodo de tiempo.

Cuando la renta es obtenida por personas físicas, el impuesto que el sistema tributario establece es el IRPF.

Es un tributo de carácter directo y naturaleza personal, que grava la renta de las personas físicas,residentes en España, en función de su cuantía y de las circunstancias personales y familiares.

• Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF). Grava la renta de las personas físicas, las rentas imputadas y las legalmente atribuidas que proceden de los siguientes conceptos:
• Rendimientos del trabajo personal.
• Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario.
• Rendimientos de actividades económicas (empresariales,
profesionales y artísticas).
• Ganancias y pérdidas patrimoniales.
• Imputaciones de renta (inmuebles y derechos de imagen).

 
Simulador renta

EJEMPLOS IRPF


RETENCIÓN IRPF TRABAJADOR



SIMULADOR DE LA RENTA 2022



 

 

 

ACTIVIDADES RESUELTAS

 

 





EJEMPLOS IRPF


EJEMPLO 1

si yo tengo un salario bruto de 1.500 euros mensuales, mi renta anual será de 18.000 euros. Dado que el impuesto sobre la renta reduce esos ingresos brutos con los gastos deducibles, que para el caso de rendimientos del trabajo, serían las cuotas a la Seguridad Social principalmente, a los que además les aplica una reducción previa por los rendimientos del trabajo de 2.652 euros para el caso descrito.

Suponiendo un gasto en seguridad social del 6,7% anual sobre el salario bruto, los gastos deducibles serían 1.206 euros, con lo cual, la base imponible para una persona que ingrese 18.000 euros por rendimientos del trabajo y no tenga ningún otro tipo de rentas, como pueden ser alquileres, rendimientos de cuentas bancarias o ganancias patrimoniales, sería de 14.142 euros.

calculo base imponible 1 s

Si tuviéramos más fuentes de renta, sumaríamos todos los ingresos que son suceptibles de tributación en el impuesto, le restaríamos los gastos deducibles que cada ingreso tuviera y obtendríamos una base imponible para cada cada individuo a la hora de realizar su propia declaración de la renta.

Los dos tipos de bases imponibles


En el impuesto sobre la renta, los ingresos se agrupan en dos grandes grupos que originan dos bases imponibles imponibles diferentes. Estos dos grupos son:
  • Base imponible general, integrada por rendimientos del trabajo, actividades económicas, determinados rendimientos del capital mobiliario e ingresos procedentes de entidades en atribución de rentas.
  • Base imponible del ahorro, que agrupa a la mayoría de rendimientos de capital mobiliario, como pueden ser intereses en cuentas corrientes y dividendos y ganancias y pérdidas patrimoniales.

Esta diferenciación es muy importante, dado que los rendimientos de la base imponible general tributarán al tipo general de gravamen, que va desde el 24% al 43% mientras que los rendimientos del ahorro, actualmente tributan al 18% como tipo fijo. este tipo de tributación para la base imponible del ahorro cambiará a partir del año 2010 al 19% para los primeros 6.000 euros y al 21% para el resto.

base liquidable 1 sm

Cálculo de la cuota


Tal y como ya hemos delimitado y podemos observar en las últimas capturas, la base imponible general de nuestro ejemplo es de 14.142 euros. Si tuvíeramos otras fuentes de ingresos que correspondieran con la base imponible del ahorro, tendríamos dos tipos de bases imponibles distintas.

Ahora, el siguiente paso es aplicar a esta base imponible el tipo de gravamen que le corresponda. Las escalas de tipos de tipos de gravamen se calculan según los siguientes tramos de bases imponibles:

  • Hasta 17.707,20 euros: 24%
  • Desde 17.707,21 euros a 33.007,20 euros: 28%
  • Desde 33.007,21 euros a 53.407,20 euros: 37%
  • Desde 53.407,21 euros en adelante: 43%

Al aplicar estos repartos estatales y autonómicos, se generan dos tipos de gravamen distintos, según los cuadros adjuntos, pero se puede comprobar que la suma del tipo de gravamen general y autonómico coincide con los porcentajes anteriores. (Los territorios forales, Pais Vasco y Navarra, no tienen esta división y aplican escalas y tipos distintos a los expuestos)
tipos gravamen IRPF
El cálculo que se realiza como punto siguiente, es aplicar los tipos de gravamen, estatales y autonómicos a la base imponible y restarle la parte proporcional de base imponible que tiene la consideración de mínimo vital exento. Como norma general, este mínimo vital es de 5.151 euros, aumentando esta cantidad por circunstancias de minusvalías.

calculo cuota sm

Por último, el tipo medio de gravamen se calcula dividiendo las cuotas resultantes entre la base imponible, expresada de manera porcentual, tal y como podemos ver en el cuadro anterior.

Aplicación de deducciones


Una vez determinada la cuota a pagar, que corresponde con la suma de las dos cuotas anteriores, procederemos a aplicar las deducciones a las que tengamos derecho. El tope máximo a deducir corresponde con la cantidad a pagar en concepto de impuesto. Supongamos que este contribuyente ha tenido unas retenciones en su nómina de 2.000 euros anuales y que sólo tiene derecho a la deducción de los 400 euros.

irpf aplicacion deducciones sm

La cantidad que realmente pagamos en concepto de impuesto es la que se obtiene en este punto. Para el caso descrito, sería la cuota resultante de la declaración, casilla 741 del modelo de declaración. Es muy importante no confundir esta cantidad con la cuota diferencial.

La cuota diferencial es la cuota que se obtiene despues de restarle a la cuota resultante, las cantidades pagadas a cuenta mediante retenciones del trabajo, actividades profesionales o cualquier otro tipo de pago a cuenta durante el ejercicio. Para el ejemplo descrito, supongamos que esta persona ha tenido unas retenciones de 2.000 euros en su nómina. La cuota diferencias sería:
cuota diferencial sm
En este caso, a este contribuyente la declaración de la renta le sale a devolver, por impor importe de 242,16 euros, pero realmente paga a Hacienda en concepto de su renta 1.757,48 euros. Este punto es el que más confusión genera a todos los contribuyentes y nunca se debe confundir un término con otro.

 

EJEMPLO 2


Don -FRANCISCO Jiménez, de 49 años, separado legalmente, ha obtenido las rentas que se indican, durante 2007:
Rendimientos netos del trabajo: 90.000
Rendimientos netos del capital (dividendos): 5.000
Rendimientos netos de actividad profesional: 18.000
Rentas inmobiliarias imputadas: 2.500
Ganancia patrimonial generada en 5 años (terrenos): 40.000
Ganancia patrimonial generada en 6 meses (local): 20.000
Ganancia por un premio obtenido en el Bingo: 10.000
Pérdida patrimonial generada en 5 meses (fondos de inversión): 30.000
Retenciones: 30.000

El contribuyente ha aportado a un plan de pensiones 10.000 euros, ha satisfecho una pensión compensatoria a su ex mujer de 15.000 euros por decisión judicial y ha satisfecho 5.000 euros por la adquisició de vivienda habitul que por decisión judicial seguirá utilizando su mujer y 5.000 euros por la adquisición de su nueva vivienda habitual.

SOLUCIÓN

Base imponible General:
- Rendimientos netos del trabajo: 90.000,00
- Rendimientos netos de actividad profesional: 18.000,00
- Rentas inmobiliarias imputadas: 2.500,00
- Ganancia por un premio obtenido en el bingo: 10.000,00

Total Base imponible general: 120.500,00

Para conseguir la base liquidable hay que restarle las reducciones pertinentes.
- Reducción Plan de pensiones: 10.000,00 (el mínimo entre 10.000 y el 30% (90.000+18.000) es 10.000)
- Reducción pensión compensatoria: 15.000,00.

Base liquidable general: 95.500,00 (120.500,00 - (10.000,00 + 15.000,00)

Base imponible del ahorro:
- Rendimientos netos del capital (dividendos): 5.000,00
- Saldo de ganancias y pérdidas (transmisiones: 30.000,00 (20.000 + 40.000 - 30.000)

Total Base imponible del ahorro: 35.000
Base liquidable del ahorro : 35.000,00 (no hay remanente de la pensión compensatoria, así que no se le resta nada)

Cuota íntegra estatal:
- Cuota general: a 95.500 le aplicamos las tablas estatales:
Hasta 52.360 le corresponde 10.287,08
El resto (43.140) al 27,13% = 11.703,88
Se minora el importe derivado de aplicarle al mínimo personal el % mas bajo de la tabla; 5.050 al 15,66% = 790,83
Por lo tanto la Cuota general estatal es 21.200,13. (10.287,08 + 11.703,88 - 790,83)
La Cuota del ahorro estatal 3.330,00 (30.000 al 11,1%)
La suma de ambas será la Cuota íntegra estatal 24.530,13

Cuota íntegra autonómica:
- Como en el caso estatal, a la cuota general le aplicamos las tablas autonómica:
Hasta 52.360 le corresponde 5.479,32
El resto (43.140) al 15,87% = 6.846,32
Por último minoramos por el importe derivado al mínimo personal, 5.050 al 8,34% = 421,17
Cuota general autonómica es 11.904,47 (5.479,32 + 6.846,32 - 421,17)
Cuota del ahorro autonómica 2.070,00 (30.000 al 6,9%).
La suma de ambas será la Cuota íntegra autonómica 13.974,47 (11.904,47 + 2.070,00)

Cuota líquida estatal: a la cuota íntegra estatal le aplicamos las deducciones pertinentes:
- Deducción vivienda 906,01 (9.015 x 10,05%, aplicamos 9.015 ya que es el límite máximo)
Cuota líquida estatal 23.624,12 (24.530,13 - 906,01)

Cuota líquida autonómica: a la cuota líquida autonómica le aplicamos las deducciones pertinentes:
- Deducción vivienda 446,24 (9.015 x 4,95%)
Cuota líquida autonómica 13.528,23 (13.974,47 - 446,24)

Cuota diferencial: a la cuota líquida total le restamos las retenciones
Cuota líquida total: 37.152,35 (23.624,12 + 13.528,23)

 

 


 

 

 

 

ACTIVIDADES

 

 

 

 

ACTIVIDAD 2

'Los Lobos' de 'Boom' desvelan cuánto dinero se ha quedado Hacienda de su premio
'Los Lobos' de 'Boom'. (Photo: Antena 3)
'Los Lobos' de 'Boom'. (Photo: Antena 3)
Hace justo un año, el 8 de julio del 2019, Alberto, Erundino, Manu y Valentín ganaron el bote más alto de la historia de la televisión en España. Los Lobos de Boom se llevaron más de 6,6 millones de euros.   Ahora, un año más tarde, los cuatro han concedido una entrevista a El Confidencial y han confesado lo que les quitó Hacienda del bote o los gastos que han tenido. 
De los más de 6,6 millones, la mitad se lo quedó Hacienda. “Me ha pegado ya Hacienda el sablazo, que ha sido del 49% o una cosa así, y ahí está el dinero restante”, ha confesado Valentín. 
Alberto ha reconocido que Hacienda se ha quedado entre el 45 y el 50%: “Ojalá y pudiera pagar eso todos los años, no me cuesta en absoluto porque si no solo tendrían médicos, educación o, por ejemplo, buenas carreteras, quien pudiera pagárselo. Si todo el mundo pensara así, quizá no habría tanta economía sumergida y tendríamos mejores hospitales, mejores colegios y mejores carreteras”.
“La declaración ya está hecha y al estar en Madrid es un 43,5% lo que he tenido que pagar”, ha contado Manu. Erundino, por su parte, ha hablado directamente de la cifra que han tenido que pagar por persona: “Tras ganar el premio alguna vez alguien me ha comentado ‘ya podías tirarte el rollo y colaborar con algo’ y yo respondo ’¿te parece poco pagar 750.000 euros, te parece poca colaboración?”.
“Que por cierto yo lo hago con gusto porque los impuestos los tenemos que pagar todos, pero también te preguntas si estos premios tan puntuales quizá merecerían otro tratamiento fiscal... pero, bueno, te lo preguntas dos veces y luego ya no te lo preguntas más, pagas y fuera”, ha añadido el ingeniero de montes. 
Entre los caprichos que se han dado, Valentín ha explicado que de momento solo ha reformado el piso en el que viven, aunque ha destacado la sensación de tranquilidad que nunca había tenido. Estas últimas palabras, más o menos las ha repetido Erundino: “Básicamente hago todo lo que hacía antes, pero con mucho más desahogo. Ahora le voy a regalar un coche a Adriana, mi pareja”.
Manu le compró un coche a su madre y ahora pretende comprarse un piso para vivir solo: “Llevo en Madrid desde el año 98 y siempre he compartido piso, nunca he podido independizarme por decirlo de alguna manera”.
Por último, Alberto ha respondido que él quiere ayudar a sus dos hijos, que están en paro, hasta que encuentren trabajo.
1  ¿A cuánto ascendió el premio?   2 ¿Cuánto pagaron a hacienda?  3 ¿Se paga el mismo importe de IRPF en todas las Comunidades Autónomas?  4 ¿Cuáles son los argumentos en favor del pago de tributos que realizan los concursantes?  5 ¿Qué destino tendrán los premios de Manu y Alberto? ¿Qué dificultades económicas les permitirá superar?

 

ACTIVIDAD 4

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo de carácter personal y directo que grava, la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares.

irpf 2019RENDIMIENTOS DEL TRABAJOdinerarios o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas.
RENDIMIENTOS DEL CAPITAL dinerarios o en especie, que provengan, directa o indirectamente, de elementos patrimoniales, bienes o derechos, cuya titularidad corresponda al contribuyente y no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por éste". En función de la naturaleza del elemento patrimonial del que procedan:

  1. Rendimientos del capital inmobiliario, provenientes de bienes inmuebles, tanto rústicos como urbanos que no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el contribuyente.
  2. Rendimientos del capital mobiliario, los que provengan de los restantes bienes y derechos de los que sea titular el contribuyente y no se encuentren afectos a actividades económicas.

GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES. Variaciones en el valor de patrimonio (empresarial o particular) de la persona física que se computan cuando se altera la composición del mismo (transmisiones de elementos, pérdidas justificadas, incorporación de elementos al patrimonio, etc.).

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS aquellos que, supongan por parte del sujeto pasivo la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.   Los regímenes fiscales son tres:
Régimen de estimación directa normal  requisitos haber facturado más de 60 000 euros netos en el año anterior. Otro, es no estar obligado a tributar por módulos o haber renunciado a ese régimen. Para calcular el IRPF primero hay que calcular cuál es el rendimiento neto: a los ingresos se les restan los gastos deducibles. Sobre el resultado obtenido se aplican los tramos indicados por la Agencia Tributaria para ese año fiscal. La autoliquidación trimestral del impuesto se realiza en este caso con el modelo 130.
Régimen de estimación directa simplificado  Solo podrán acogerse a este régimen los autónomos que no tributen por módulos y hayan obtenido menos de 60 000 euros netos de beneficios en el año fiscal anterior. Sobre el rendimiento neto, que se calcula igual que en la estimación directa normal, se aplican los tramos establecidos por Hacienda. También es necesaria la cumplimentación trimestral del modelo 130.
Régimen de estimación directa objetiva o por módulos se determina una cantidad fija que tributar en función de una serie de indicadores (módulos): cantidad de personal asalariado, superficie del local, consumo de energía eléctrica, etc. Sin embargo, no todos los autónomos pueden optar por este régimen; para poder acogerse a el deben cumplir una serie de requisitos (como, por ejemplo, no superar determinado volumen de rendimientos íntegros) y además, la actividad que desempeñen ha de estar incluida en la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas del año fiscal que corresponda. El IRPF por estimación directa también ha de declararse trimestralmente en el modelo 131.

Tipos IRPF en 2019 de España comparados por Comunidades Autónomas. Imagen de la guía de fiscalidad y tributación de los productos financieros de Invierto y AhorroTabla de tramos IRPF estatal, autonómico y combinado en AragónTabla de tramos IRPF Aragón  parte se rige por una escala estatal y la otra parte por la escala autonómica. La combinación de ambas dan lugar a la tabla de tramos final para la comunidad aragonesa.

1  La base imponible general se obtiene como suma de los rendimientos …………….
2 La base imponible del ahorro se obtiene como suma de los rendimientos …………..
3¿Cuál es el tipo máximo de gravamen de la base liquidable general en Aragón?
4¿Cuáles son las tres CCAA con un tipo máximo más alto?
5¿Cuáles son las tres CCAA con un tipo máximo más bajo?
6¿Cuál es el tipo máximo de gravamen de la base liquidable del ahorro?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACTIVIDAD 6

La Guardia Civil alerta de un nuevo intento de estafa a través de email, conoce cómo estar protegido
Ahora, parece que le llega el turno a la Agencia Tributaria y la campaña de la Renta de 2023.
La Guardia Civil alerta de un nuevo intento de estafa a través de email, conoce cómo estar protegidoLa Guardia Civil alerta de un nuevo intento de estafa a través de email
Recientemente, gracias a una comunicación de la Guardia Civil, hemos conocido un fraude que se está cociendo a través del correo electrónico y que muestra como engañar a los menos habituados a lidiar con este tipo de comunicaciones digitales no es para nada difícil. Sin embargo, no te creas que un simple correo es la única puerta de entrada de malware, sino que también debes tener cuidado con los SMS de dudosa procedencia e, incluso, con comunicaciones a través de WhatsApp.
http://www.cbl10.com/ECA_SOC_ACTIVIDADES%20HOY_DOSSIER%20FINANZAS_clip_image004.jpg
El cuerpo de seguridad del Estado es muy claro en su mensaje y te emplaza a descubrir este tipo de fraudes digitales a través de tres sencillos consejos, que bien harías en aplicar cada vez que recibas un mensaje, sea por la vía que sea. En primer lugar, analizar la redacción del texto, ya que los errores ortográficos están a la orden del día. En segundo lugar, evitar hacer caso a mensajes alarmistas, que únicamente intentan que actúes sin pensar. Y por último, fijarse en la dirección del remitente y buscar se ésta es inexacta o diferente a las habituales que recibes en tu bandeja de correo electrónico.
Es habitual que los intentos de estafa muestren la manera en que puedes recibir un reembolso que ha salido de la nada, que te pidan revisar las claves de una entidad bancaria o, quizás, que te sugieran hacer clic en un enlace no solicitado, con la excusa de un paquete que tienes que recibir en tu domicilio. Siempre, ponte en contacto con la entidad o empresa que se supone que realiza la comunicación y, ante cualquier duda, lo mejor es pulsar el botón de 'Eliminar'. Evitarás problemas de inmediato.  Fuente: Urban telco
1 Describe la estafa
2 ¿Cuáles son los consejos que se realizan?

 

 

 

 

 

 

 

 

EMPRESA PROYECTO EMPRESARIAL MÁRKETING ATENCIÓN AL CLIENTE
CANAL EMPRESA CANAL EMPRENDEDORES  CANAL MK CANAL MK

       

DIRECCIÓN DE RRHH

RRHH

PRRLL EMPLEO PÚBLICO TRABAJO
CANAL RRHH CANAL OPOSICIONES  CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
       
COMUNICACIÓN SEGURIDAD SOCIAL RETRIBUCIONES Y SALARIO PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN
CANAL COMUNICACIÓN  CANAL SEGURIDAD SOCIAL  CANAL SALARIO  CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA 
       
       
GESTIÓN TRIBUTARIA GESTIÓN FINANCIERA BOLSA  
CANAL TRIBUTACIÓN CANAL FINANZAS CANAL BOLSA CANAL PELÍCULAS
       
PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CONTABILIDAD Y EMPRESA
CANAL PRODUCCIÓN CANAL LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CANAL CONTABILIDAD

 

CBL10