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| TEMA 1 DERECHO LABORAL |
| TEMA 2 CONTRATO DE TRABAJO |
| TEMA 3 MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO |
| TEMA 4 JORNADA LABORAL |
| TEMA 5 RETRIBUCIONES Y SALARIO |
| TEMA 6 MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN CT |
| TEMA 7 PARTICIPACIÓN |
| TEMA 8 SEGURIDAD SOCIAL |
| TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL COTIZACIONES Y REGÍMENES |
| TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES |
| TEMA 11 DIRECCIÓN EMPRESARIAL |
| TEMA 12 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: LIDERAZGO |
| TEMA 13 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: MOTIVACIÓN |
| TEMA 14 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: TRABAJO EN EQUIPO |
| TEMA 15 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: ORGANIZACIÓN |
| TEMA 16 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: COMUNICACIÓN |
| TEMA 17:DIRECCIÓN EMPRESARIAL: NEGOCIACIÓN |
| TEMA 18 ORIENTACIÓN LABORAL |
| TEMA 19 SELECCIÓN DE PERSONAL |
| TEMA 20 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES |
| TEMA 21 RIESGOS LABORALES |
| TEMA 22 SALUD LABORAL |
Se establecen diferentes mecanismos para incentivar la contratación a tiempo parcial. Así, se pretende combinar una mayor flexibilidad en la gestión del tiempo de trabajo al tiempo que se introducen medidas para permitir un mejor control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y evitar el fraude.
Entre las medidas puestas en marcha destaca:
- El contrato se deberá formalizar necesariamente por escrito. En el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas, así como el modo de su distribución según lo previsto en convenio colectivo.
- Se prohíbe la realización de horas extraordinarias.
- Se podrá ampliar la jornada en el contrato de trabajo a tiempo parcial a través de las horas complementarias, distinguiéndose entre horas complementarias pactadas y voluntarias, siempre que el promedio anual de horas contratadas sean 10 horas semana
1. Las horas complementarias pactadas
- Se podrán utilizar en contratos de trabajo temporales e indefinidos.
- Se establece un máximo de horas complementarias pactadas en el 30% de la jornada pactada con el trabajador, ampliable hasta el 60% por convenio
- El plazo de preaviso para la realización de horas complementarias pactadas se reduce de 7 a 3 días
2. Horas complementarias voluntarias:
- Sólo en contratos de trabajo a tiempo parcial por tiempo indefinido.
- No existe preaviso mínimo, si bien el porcentaje
- No podrá superar el 15%, ampliable por convenio colectivo hasta un 30%.
Se establece una obligación de registrar día a día la jornada de trabajo, ordinaria o complementaria, para permitir un mejor control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
1 Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial:
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Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial: (Características Generales)
Se trata de aquel contrato en el que el trabajador prestará sus servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
La duración podrá ser por tiempo indefinido (Ejemplo: para realizar trabajos fijos y periódicos), o de duración determinada (Ejemplo: Contrato de prácticas, obra o servicio, interinidad), con excepción del contrato para la formación que obligatoriamente ha de celebrarse a jornada completa.
Deberá realizarse siempre de forma escrita, en el modelo que se establezca, indicando el número de horas de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución. De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.
Los trabajadores a tiempo parcial podrán realizar horas extraordinarias. El número de horas extraordinarias que se podrán realizar será el legalmente previsto en proporción a la jornada pactada.(Ejemplo:en un contrato con una jornada de trabajo del 50%, el número máximo de horas extraordinarias que se podrá realizar será de 40 horas extras/año).
Siempre que se trate de un contrato de duración indefinida, se podrá pactar por escrito la realización de horas complementarias, que se añadirán a las ordinarias estipuladas en el contrato, con un máximo del 15% de horas ordinarias de trabajo pactadas en el contrato.
En todo caso, la suma de las horas ordinarias, extraordinarias y complementarias no podrá exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial definido en el apartado uno del artículo 12 del ET.
2 Contrato de Jubilación Parcial:
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Contrato de Jubilación Parcial: (Artículo 12.6 ET)
Permite que los trabajadores, que reúnen los requisitos exigidos para acceder a la pensión de jubilación (30 años de cotización), a excepción de la edad (que ha de ser inferior en, como máximo, 5 años a la exigida, o cuando hayan cumplido dicha edad, 65 años), puedan reducir su jornada y su salario entre un 25% y un 75%, (85% si el contrato de relevo se realiza a jornada completa y por tiempo indefinido) y acceder a la pensión parcial de jubilación.
Para poder realizar este contrato, salvo en el caso de trabajadores que hayan cumplido la edad de jubilación, de manera simultánea la empresa debe concertar un contrato de relevo.
La relación laboral se extinguirá al producirse la jubilación total del trabajador.
Regulación específica en el artículo 166 y Disposición transitoria decimoséptima del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social.
3 Contrato de Relevo
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Contrato de Relevo: (Artículo 12.7 ET)
Tiene por finalidad contratar a un trabajador inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial.
La duración del contrato será indefinida o, al menos, igual al tiempo que le falta al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación.
Si, al cumplir dicha edad, el trabajador jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera celebrado por duración determinada podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes por períodos anuales, extinguiéndose, en todo caso, al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.La formalización debe ser por escrito y en modelo oficial en el que constará necesariamente el nombre, la edad y las circunstancias profesionales del trabajador sustituido, además de las características del puesto de trabajo que vaya a desempeñar el relevista.
La jornada será completa o a tiempo parcial, en todo caso deberá ser como mínimo, igual a la reducción de jornada acordada por el trabajador sustituido.
En el caso de contrato temporal a la finalización del mismo, tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 9 días de salario por cada año de servicio, hasta el 31 de diciembre de 2012, que se incrementará anualmente en un día hasta el 1 de enero de 2015 que consistirá en doce días, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

ACTIVIDADES
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ACTIVIDAD 1
Cuatro de cada diez jóvenes de menos de 25 años trabajan a tiempo parcial, pero el 39% querría hacerlo a jornada completa
Isabel FuentesNOTICIA05.06.2023 - 05:20h
Los jóvenes han sido siempre uno de los colectivos más afectados por el desempleo. Aunque la tasa de paro juvenil duplica el índice general, el volumen de menores de 25 años desempleados se encuentra actualmente en mínimos en España, por debajo de los 190.000 parados. La otra cara de la moneda: el empleo juvenil creció el mes pasado un 10,1%. Sin embargo, el aumento en el número de jóvenes cotizantes tiene letra pequeña, ya que cuatro de cada diez menores de 25 años trabajan a tiempo parcial, a pesar de que un 38,8% querría hacerlo a tiempo completo.
Uno de cada cinco contratos indefinidos registrados en el mes de mayo fue suscrito por una persona menor de 25 años, lo que supone un total de 137.132 firmas, según los datos del Servicio Estatal Público de Empleo publicados este viernes. A raíz de la entrada en vigor de la reforma laboral en el primer trimestre de 2022, se ha producido un trasvase de trabajadores hacia la contratación indefinida, incentivada por el cambio normativo. Los datos de afiliación difundidos este viernes por el Ministerio de Inclusión reflejan que de los 1,1 millones de menores de 30 años que tenía un contrato temporal en el primer trimestre de 2022 y siguen en alta, el 66,3% es ahora indefinido, es decir, 746.763 jóvenes.
No obstante, con el incremento de la contratación indefinida, también ha crecido ligeramente entre los jóvenes la tasa de parcialidad, es decir, la proporción de trabajadores que gozan de un contrato a tiempo parcial. "Es muy positivo que haya menos parados y más cotizantes a la Seguridad Social, pero es igual de cierto que hablamos de menos trabajo en su conjunto y, por lo tanto, de menos salarios. Unas horas a la semana o unos días al mes no dan para vivir", valora el secretario general de USO, Joaquín Pérez, sobre el repunte de la parcialidad.
En concreto, entre la población más joven, un 41,4% de los ocupados menores de 25 años trabaja a tiempo parcial, según los datos del Informe sobre jóvenes y mercado de trabajo publicado este miércoles por el Ministerio de Trabajo, que recoge cifras de la última Encuesta de Población Activa (EPA). Esta tasa de parcialidad juvenil, referente al primer trimestre de 2023, es un punto superior a la registrada en los tres primeros meses del año pasado (40,2%) y cuatro puntos más elevada a la del mismo periodo de 2019 (37,28%). Al ampliar el rango de edad a los menores de 30 años, el porcentaje de jóvenes con contrato a tiempo parcial disminuye hasta el 26,7%, aunque sigue superando con creces la tasa general del 13,7%.
"La parcialidad tiene nombre de mujer"
"Son datos muy preocupantes", valora el vicepresidente del Consejo de la Juventud de España (CJE), Antonio Báez, que añade que "la parcialidad tiene nombre de mujer" y señala que es una de las tareas pendientes de la reforma laboral. Tanto en la población menor de 25 años como en los menores de 30 se repite el hecho de que la contratación a tiempo parcial afecta en mayor medida a las mujeres. En particular, la tasa de parcialidad asciende hasta el 51,85% en las mujeres menores de 25 años y hasta el 33,79% en las menores de 30, frente a unas ratios del 32,72% y 20,36% respectivamente entre los hombres. Es decir, una de cada dos mujeres ocupadas de entre 16 y 24 años trabaja a tiempo parcial, una proporción que disminuye a una de cada tres al ampliar el rango de edad hasta los 29 años.
El problema reside en que jornadas más cortas suponen también menores salarios. "Una persona con un contrato parcial tendrá evidentemente un salario mucho más bajo que una que trabaje a jornada completa y, en consecuencia, muchas más dificultades para poder pagar un alquiler, para acceder a una vivienda, para afrontar los gastos de manutención o de cualquier otro tipo", explica Báez. "Son salarios mucho más bajos y dificultan poder desarrollar una vida plena tanto a nivel personal como profesional", reitera.
De hecho, según los datos del último Observatorio de Emancipación del CJE, un 18,2% de los menores de 25 que con contratos a tiempo parcial tienen jornadas que no superan las diez horas semanales, lo que se traduce en ingresos limitados. Además, el vicepresidente del CJE denuncia que en ocasiones los contratos a tiempo parcial se utilizan de forma abusiva. "Vemos en muchos trabajos parciales cómo se abusa de esa figura y se termina trabajando muchas más horas sin cobrarlas como horas extra", señala. "No es solo una forma de precariedad, sino que también se abusa", insiste, apuntando a que es frecuente ofrecer a jóvenes contratos a tiempo parcial alegando falta de experiencia o de conocimientos.
Un 38,8% de parcialidad involuntaria
El motivo por el que los jóvenes trabajan a tiempo parcial varía en función de la edad. Según datos de la EPA, el 51,2% de los cotizantes de entre 16 y 24 años lo hacen para compaginarlo con sus estudios, una proporción que cae al 39,08% entre los menores de 30 años. En cambio, un 38,8% de los menores de 25 que trabajan a tiempo parcial lo hacen de manera involuntaria, al no encontrar un empleo a tiempo completo. Esta tasa de parcialidad involuntaria se eleva hasta el 46,5% entre los trabajadores menores de 30 años.
"Al final no queda otra alternativa si es lo único que encuentras", comenta Báez, que invita a hacer una doble lectura incluso de la parcialidad voluntaria. "En muchos casos acceden de forma voluntaria a contratos parciales para poder pagar estudios o el alquiler, porque no tienen unas condiciones socioeconómicas de base como para poder permitírselo sin tener que trabajar y estudiar a la vez", matiza. "Es positivo que quien quiera pueda estudiar y trabajar a la vez, pero también tiene un coste de oportunidad", concluye.
Fuente: https://www.20minutos.es/noticia/5134204/0/cuatro-de-cada-diez-jovenes-de-menos-de-25-anos-trabajan-a-tiempo-parcial-aunque-el-39-querria-hacerlo-a-jornada-completa/
1¿Cuántos jóvenes de menos de 25 años trabajan a tiempo parcial?
2¿A quién afecta en mayor medida la contratación a tiempo parcial?
3¿Qué dificultades implica una jornada laboral inferior y por tanto menor salario?
4¿Qué abusos se cometen en ocasiones?
5¿Cuál es la principal causa por la que los jóvenes acceden a jornadas a tiempo parcial según el artículo?
ACTIVIDAD 2
El 61,5% de las españolas trabaja a tiempo parcial sin haberlo elegido
El INE subraya las diferencias entre hombres y mujeres y con la UE

RAQUEL DÍAZ GUIJARRO
Madrid - 15 MAR 2017 -
El informe publicado ayer por la OCDE puso una vez más de manifiesto la realidad del mercado laboral español: fuerte creación de empleo después de haber superado la peor crisis de la democracia, pero excesiva temporalidad y salarios más bajos que antes de la crisis. Pues bien, el INE también hizo público ayer un amplio estudio en el que analiza las diferencias entre hombres y mujeres en España y respecto a Europa en determinadas áreas como educación, empleo, salarios e inclusión social, salud, ciencia o tecnología.
En materia laboral, lo cierto es que persisten las diferencias de género, si bien la crisis ha propiciado un cambio positivo. La brecha entre hombres y mujeres en la tasa de empleo se ha reducido, y donde más lo ha hecho es en el grupo de trabajadores con menos formación; si bien esto ha sido así porque el desempleo se cebó más con los varones y no por el desarrollo de políticas en favor de la igualdad. Otro de los cambios que ha precipitado la crisis es el aumento de los ocupados a tiempo parcial, si bien de nuevo es fruto de una práctica habitual de las empresas, que durante la crisis y los primeros años de la recuperación optaron por contratar a media jornada más que a tiempo completo hasta ver si los resultados de su negocio permitían una ampliación de jornada y plantillas.
De hecho, el análisis del INE pone de manifiesto cómo el porcentaje de hombres y mujeres de 25 a 49 años que trabaja a tiempo parcial de manera involuntaria, es decir por no poder encontrar un trabajo a jornada completa, es bastante más alto en España que en la UE-28. En 2015, el 61,5% de las mujeres de dicha franja de edad que trabajaban a media jornada lo hacían por obligación, frente al 26,6% de la UE-28, menos de la mitad. En los hombres, ese porcentaje es significativamente más alto y así un 77,6% de los varones ocupados a tiempo parcial lo eran por no haber podido encontrar un empleo a tiempo completo. Entre los europeos, esa proporción se reduce al 51,7%. Y otro dato para quienes tienen entre sus responsabilidades diseñar las políticas sociales y de conciliación del futuro. Entre quienes trabajan a tiempo parcial para cuidar de hijos o personas dependientes, el clamor es unánime: lo hacen debido al elevadísimo coste que tienen los servicios encargados de cuidar a niños y enfermos.
En cuanto a la brecha salarial, los datos más recientes hacen referencia a 2014. Ese año, el salario anual más frecuente en las mujeres ascendió a 14.497,9 euros al año, representó el 87,8% del salario más común entre los hombres (16.515,7 euros). En el salario mediano este porcentaje fue del 77,9% y en el sueldo medio bruto, del 76,7%. El INE realiza estos informes porque considera que conocer la población que parte de niveles más bajos de empleo por razones de género y conciliación constituye una información clave para el desarrollo de las políticas sociales futuras. De hecho, esgrime que el logro de crear más y mejores empleos “se conseguirá en parte con la promoción de una mayor flexibilización en las condiciones de trabajo”. La UE trabaja en la estrategia 2020 para generar más empleo de mayor calidad con estos objetivos: que el 75% de los trabajadores de 20 a 64 años estén ocupados, el abandono educativo temprano no supere el 10% y que al menos el 40% de los hombres y mujeres de 30 a 34 años cuente con estudios superiores; así como que el riesgo de pobreza amenace a 20 millones de personas menos.
1¿Qué porcentaje de los españoles trabaja a tiempo parcial sin haberlo elegido?
2¿Cuál es este porcentaje en la Unión Europea?
ACTIVIDAD 3
España lideró el aumento del empleo a tiempo parcial involuntario en la UE durante la crisis
Uno de cada cinco empleos en la zona euro es con jornada reducida Atribuye el aumento de esta modalidad en España a cambios regulatorios y a la crisis

Empleados de hostelería.CINCO DÍAS
RAQUEL PASCUAL CORTÉS
Madrid - 23 MAR 2018 - 10:44 CET
El empleo a tiempo parcial está aumentando en la zona euro y ya supone cerca del 22% del total de la ocupación. Además, esta modalidad de trabajo ha representado en torno a una cuarta parte del crecimiento del empleo neto durante la recuperación iniciada en 2013 y hasta la fecha.
Si bien, este tipo de empleo no se ha comportado igual en todos los países: España fue el país donde más creció el empleo a tiempo parcial involuntario; mientras que Alemana es donde más ocupación voluntaria de este tipo hay. Esta es una de las principales conclusiones del estudio Evolución reciente del empleo a tiempo parcial elaborado por Katalin Bodnár e incluído en el último Boletín económico del Banco de España.
El autor de este informe distingue entre el tiempo parcial voluntario, o elegido por el trabajador por cuestiones familiares, de formación u otros motivos personales, y aquellos que trabajan a jornada parcial de forma involuntaria o forzosa, pero les gustaría trabajar más horas (también denominado subempleo). La mayor parte del empleo a tiempo parcial en la zona euro es voluntario, los empleados escogen trabajar menos horas; en concreto, cuatro de cada cinco opupados parciales lo es porque lo ha elegido.
Este tipo de ocupación de jornada reducida de forma voluntaria creció tanto en la época de crisis como en la recuperación, por lo que Bodnár concluye que esta modalidad de trabajo "no muestra ningún patrón cíclico y se ve influido principalemente por factores estructurales.
En este sentido Alemania presenta la mayor proporción de empleo a tiempo parcial sobre el empleo total y es también el país con el porcentaje más elevado de ocupados a tiempo parcial satisfechos con el número de horas que trabajan y donde los recientes aumentos del tiempo parcial no han estado asociados a la involuntariedad.
"En cambio, el subempleo experimentó un crecimiento especialmente acusado en España y en Italia durante la crisis", precisa el informe. En el caso español --explica este documento-- el aumento del tiempo parcial involuntario se nutrió tanto de trabajadores que estaban parados, como de otros que trabajaban a tiempo completo y otros que ya estaban empleados con jornadas reducidas pero de forma voluntaria.
Esto hizo que España liderara el aumento del empleo a tiempo parcial forzoso en la UE durante la crisis. Y, aunque en la etapa de recuperación está disminuyendo esta modalidad de empleo en el mercado laboral español, este descenso aún no compensa el crecimiento de la época de crisis.
"Es probable que el considerable aumento del subempleo durante la crisis obedezca en España a cambios introducidos en la regulación del tiempo parcial, así como al impacto de la crisis sobre la renta y la riqueza durante la desaceleración, lo que se tradujo en un aumento de la oferta de trabajo en términos de horas", explica el estudio.
1¿Cuál es el país donde más creció el empleo a tiempo parcial?
2¿Qué país acumula un mayor número de empleados a tiempo parcial satisfechos con su situación?
3¿Qué países acumulan un mayor número de empleados a tiempo parcial no satisfechos con su situación?
4¿Cuáles pueden ser las principales causas del subempleo en España?
ACTIVIDAD 4
Si la empresa no registra el horario, los empleos a tiempo parcial se presumen completos
La sentencia recalcula y eleva los salarios adeudados a una empleada porque la empresa no probó las horas realizadas
PEDRO DEL ROSAL
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Madrid 2 AGO 2019 -
La ausencia de registro horario en los contratos a tiempo parcial conlleva que, en caso de conflicto, los jueces deban presumir que el trabajador desempeñaba sus tareas a jornada completa. Y ello, por ejemplo, en caso de que se cuestione el despido, puede provocar que la compañía tenga que pagar una indemnización mayor. Algo similar le ha sucedido a un establecimiento de Salamanca, que deberá abonar a una exempleada casi 6.600 euros (más un 10% anual en concepto de intereses) por varias mensualidades de salario pendientes.
La relación laboral entre la trabajadora, camarera, y el local apenas duró ocho meses. Tras extinguirse el vínculo entre ambos, la empleada demandó a la compañía reclamándole cuatro meses de salario más sus vacaciones.
El juzgado de primera instancia reconoció la deuda y condenó a la empresa a abonarle determinados conceptos salariales calculados sobre la base de una jornada a tiempo parcial. Sin embargo, tras el recurso de la demandante, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha recalculado y elevado esa cantidad, como si la jornada laboral de la afectada fuera de ocho horas, dado que el empleador no aportó el registro de las horas efectuadas.
Según se apunta en la sentencia, el artículo 12.4.c) del Estatuto de los Trabajadores dispone que la jornada de los empleados a tiempo parcial "se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas". En caso de incumplimiento, "el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario".
Tal y como apunta el TSJ, la regulación, en este sentido, es "clara e indubitada", admitiendo, eso sí, destruir la presunción legal si la empresa logra probar la jornada parcial.
"Ante la injustificada falta de aportación del registro [...] no puede hacerse recaer sobre la trabajadora la carga de acreditar la realización de una jornada a tiempo completo", asevera el fallo. Es la empresa, además, a quien corresponde la llevanza del control horario, por lo que es "quien puede y debe aportarlo".
El TSJ reprocha al juzgado que haya hecho recaer sobre la demandante el deber de probar la jornada completa. Por ello, tumba la resolución y procede a recalcular y elevar los salarios adeudados.
1¿Qué ocurre si la empresa no registra los horarios de los empleados a tiempo parcial?
2¿Cuál es el resultado de la sentencia?
ACTIVIDAD 5
PSA ofrece 80 contratos de relevo para el ERE que afecta a un total de 461 trabajadores de la planta de Figueruelas
Los trabajadores nacidos el 1 de enero de 1959 tendrán prioridad a la hora de elegir este sistema de salida de la fábrica. 03 marzo 2020
Finalmente, la dirección de Opel PSA ha ofrecido al comité de empresa de Figueruelas que haya 80 contratos de relevo para personal directo de cadena (especialistas) nacidos en 1959 y que esos contratos puedan suscribirse desde el primer momento, es decir desde marzo de este año. (La jubilación parcial a los 61 años, antes de la edad de jubilación 67 años, complementada con un contrato de relevo, no implica la reducción de la jubilación final mediante coeficientes). Los contratos de relevo cubren como mínimo la jornada de reducida, entre un 25% y un 50%.
1 ¿Qué tipos de contrato ofrece PSA en el ERE de la planta de Figueruelas? 2 ¿Qué características tiene?
3 ¿Qué es el Comité de empresa?
ACTIVIDAD 6

¿Cuáles son los cinco países con mayor tasa de temporalidad?
| PAÍS | TASA DE PARO |
| BOLSA |
| PROYECTO EMPRESARIAL |
| SIMULACIÓN DE EMPRESA |
| EMPRESA | PROYECTO EMPRESARIAL | MÁRKETING | ATENCIÓN AL CLIENTE |
| CANAL EMPRESA | CANAL EMPRENDEDORES | CANAL MK | CANAL MK |
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| PRRLL | EMPLEO PÚBLICO | TRABAJO | |
| CANAL RRHH | CANAL OPOSICIONES | CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO | |
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| COMUNICACIÓN | SEGURIDAD SOCIAL | RETRIBUCIONES Y SALARIO | PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN |
| CANAL COMUNICACIÓN | CANAL SEGURIDAD SOCIAL | CANAL SALARIO | CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA |
| GESTIÓN TRIBUTARIA | GESTIÓN FINANCIERA | BOLSA | |
| CANAL TRIBUTACIÓN | CANAL FINANZAS | CANAL BOLSA | CANAL PELÍCULAS |
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| PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO | LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CONTABILIDAD Y EMPRESA |
| CANAL PRODUCCIÓN | CANAL LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CANAL CONTABILIDAD |
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