|
|---|
| TEMA 1 DERECHO LABORAL |
| TEMA 2 CONTRATO DE TRABAJO |
| TEMA 3 MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO |
| TEMA 4 JORNADA LABORAL |
| TEMA 5 RETRIBUCIONES Y SALARIO |
| TEMA 6 MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN CT |
| TEMA 7 PARTICIPACIÓN |
| TEMA 8 SEGURIDAD SOCIAL |
| TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL COTIZACIONES Y REGÍMENES |
| TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES |
| TEMA 11 DIRECCIÓN EMPRESARIAL |
| TEMA 12 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: LIDERAZGO |
| TEMA 13 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: MOTIVACIÓN |
| TEMA 14 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: TRABAJO EN EQUIPO |
| TEMA 15 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: ORGANIZACIÓN |
| TEMA 16 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: COMUNICACIÓN |
| TEMA 17:DIRECCIÓN EMPRESARIAL: NEGOCIACIÓN |
| TEMA 18 ORIENTACIÓN LABORAL |
| TEMA 19 SELECCIÓN DE PERSONAL |
| TEMA 20 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES |
| TEMA 21 RIESGOS LABORALES |
| TEMA 22 SALUD LABORAL |

Los contratos indefinidos son aquellos contratos de trabajo que se conciertan sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato. Son por tanto adecuados para ofrecer estabilidad, compromiso y buenas condiciones laborales a tus trabajadores y lógicamente, entre todos los tipos de contratos de trabajo son los más deseados por los trabajadores
Si vas a optar por una contratación indefinida necesitas saber lo siguiente:
Su formalización puede ser verbal o escrita, salvo los acogidos al programa público de fomento de la contratación indefinida, discapacitados, etc., u otros que estipulen la obligación de formalizarse por escrito. En todo caso, cualquiera de las partes podrá exigir que el contrato se formalice por escrito incluso durante el transcurso de la relación laboral.
Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación:
- Los trabajadores que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el período de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos, todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar en derecho.
- Los trabajadores con contratos temporales celebrados en fraude de ley.
- Los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de fijos. Esto no será de aplicación a la utilización de los contratos formativos, de relevo e interinidad.
Tipos de contratación indefinida:
Así, entre los diferentes tipos de contratos indefinidos, se incluyen los siguientes en función de las fórmulas condicionantes que se incluyan:
- Personas con discapacidad.
- Personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
- Personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales.
- De apoyo a los emprendedores.
- De un joven por microempresas y empresarios autónomos.
- De nuevo proyecto de emprendimiento joven.
- A tiempo parcial con vinculación formativa.
- De trabajadores en situación de exclusión social; víctimas de
- violencia de género, doméstica o víctimas de terrorismo.
- De excluidos de empresas de inserción.
- De mayores de 52 años beneficiarios de subsidios por desempleo.
- Procedente de primer empleo joven de ETT.
- Procedente de un contrato para la formación y el aprendizaje de ETT.
- Procedente de un contrato en prácticas de ETT.
- Del servicio del hogar familiar.
- De conversión de contrato temporal en indefinido.
1 Contrato indefinido ordinario |
- Contrato indefinido ordinario: (art. 15.2 y 15.3 del Estatuto de Trabajadores)
Los contratos de trabajo indefinidos son aquellos en los que se acuerda una fecha de inicio de la relación laboral pero no se determina una fecha de finalización de la misma.
Se pueden realizar por escrito o de palabra.
Adquirirán la condición de trabajadores fijos cualquiera que haya sido la modalidad de contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente hubiera podido fijar para el periodo de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos, todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar en derecho.
También se considerarán indefinidos y a jornada completa los contratos de trabajo que no se realicen por escrito debiendo hacerse por escrito según el art. 8 del Estatuto de los Trabajadores.
Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de Ley.
2 Contrato de trabajo fijo-discontinuo |
- Contrato de trabajo fijo-discontinuo:
Es el contrato que se formaliza para realizar trabajos de temporada o campaña.
Ejemplo: Sector turismo (temporada de verano, de invierno-ski, …), agricultura (vendimia, aceituna, fresa, …).
Se debe formalizar por escrito, en modelo oficial y en él deberá figurar la indicación sobre la duración estimada de la actividad, así como sobre la forma y el orden de llamamiento que establlezca el convenio colectivo aplicable, haciendo constar igualmente, de manera orientativa, la jornada laboral estimada y su distribución horaria.
Los trabajadores fijos discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos convenios colectivos. En caso de incumplimiento el trabajador puede reclamar, en procedimiento de despido, ante la jurisdicción competente, iniciándose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.
Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifiquen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos.
-

ACTIVIDADESCONTRATO INDEFINIDO
|
ACTIVIDAD 1 CONTRATOS
https://inaem.aragon.es/modalidades-de-contratacion



FORMALIZA TU CONTRATO y remítelo al profesor
La Empresa Auditores, S.L. se producen las siguientes contrataciones el día 01-07-XX: •
Faustina Quinta Reserva, Técnico en Gestión Administrativa. Contrato en Prácticas. Duración: 1 año. Realizar la prorroga de este contrato por 6 meses más. •
• Mariano Concha Tornado de 23 años. Licenciado Administración y Dirección de Empresas. Categoría: Florista. Contrato Indefinido.
a. Consultar el Convenio Colectivo sobre salarios, categorías, periodos de prueba, contratos de formación.
Convenios colectivos - Trabajo · Noticias Jurídicas (juridicas.com)
b. Cumplimentar los contratos: •
DATOS A TENER EN CUENTA:
EMPRESA: • Empresa Auditores S.L • Domicilio: C/ Jazmín, 8. C.P: 41013 de Sevilla. • CIF: B41320089. • Código Cuenta de Cotización: 41/393.032/09 • Representante: Miguel Ruiz Salmerón. DNI: 80473210-L. Gerente. • Nº trabajadores en Plantilla: 6 • Actividad: Auditoría de empresa. Código: 02 • Código España: 724 • Código Sevilla: 41091 • Régimen: General. Código: 01 • Convenio colectivo: Oficinas y Despachos.
TRABAJADORES:
• Contrato: Indefinido Nombre: Mariano de la Concha Tornado • Fecha de nacimiento: 15/04/70 • Domicilio: C/ Estrella- 9- C.P: 41013 de Sevilla • Categoría profesional: Florista • Nº Seguridad Social: 14/235.698/98 • DNI: 80124558-Ñ • Salario: Según Convenio • Jornada: Completa de lunes a viernes • Contrato: Indefinido. • Periodo de prueba: 15 días
ACTIVIDAD 2
Cumplimenta el contrato indefinido
· Textil, SA: CIF, A28027561; código de cuenta de cotización, 2802391181; actividad, industria textil; domicilio, Plaza Jardines del Descubrimiento, 125, 28001 Madrid. La empresa tiene un convenio colectivo propio.
· Trabajadora: Rosario Gómez Valpuesta; NIF, 32891008L; número de afiliación a la Seguridad Social, 281267900124; fecha de nacimiento, 5/06/1957.
· El contrato se firma el 9/11/2020 y la relación laboral se inicia el día 11.
ACTIVIDAD 4
Mercadona busca jóvenes para trabajar con sueldos de 1.800 euros y contrato indefinido 8 marzo 2020
La cadena de supermercados ha lanzado una fuerte campaña de captación de trabajadores La bolsa de trabajo de Mercadona funciona a pleno rendimiento. La empresa valenciana busca trabajadores entre gente joven con sueldos de 1.800 euros con contratos fijos y posibilidad de progresión en la empresa.
Mercadona, que ya roza una plantilla de 90.000 trabajadores en España y Portugal, ha apostado por un nuevo sueldo base de 1.338 euros al mes para trabajos de jornadas completa en puestos de personal para las secciones de los supermercados, repartidores, técnicos de mantenimiento y mozos de almacén. El salario de estos trabajos con contratos fijos asciende de forma progresiva al cuarto año, hasta alcanzar los 1.811 euros mensuales.
Nuevos empleos en diecisiete provincias: requisitos y salarios
La cadena de supermercados ha activado nuevos procesos de selección de personal en las provincias de Sevilla, Madrid, Cuenca, León, Barcelona, Toledo, Cantabria, Gerona, Guadalajara, Lugo, Orense Zaragoza, Teruel, Cáceres, Badajoz, Valencia y Valladolid.
Solo se precisa una títulación mínina es la de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o la de Formación Profesional (FP) para los puestos de mantenimiento.
1¿Qué sueldo ofrece mercadona, se cobrará desde un primer momento?
2¿Qué tipo de contrato? 3¿Qué es una bolsa de trabajo?
4¿Cuántos trabajadores tiene Mercadona?
5¿En Aragón se lleva a cabo este proceso de selección? 6 ¿Qué titulación mínima se requiere?
| BOLSA |
| PROYECTO EMPRESARIAL |
| SIMULACIÓN DE EMPRESA |
| EMPRESA | PROYECTO EMPRESARIAL | MÁRKETING | ATENCIÓN AL CLIENTE |
| CANAL EMPRESA | CANAL EMPRENDEDORES | CANAL MK | CANAL MK |
|
![]() |
![]() |
![]() |
| PRRLL | EMPLEO PÚBLICO | TRABAJO | |
| CANAL RRHH | CANAL OPOSICIONES | CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO | |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
| COMUNICACIÓN | SEGURIDAD SOCIAL | RETRIBUCIONES Y SALARIO | PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN |
| CANAL COMUNICACIÓN | CANAL SEGURIDAD SOCIAL | CANAL SALARIO | CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA |
| GESTIÓN TRIBUTARIA | GESTIÓN FINANCIERA | BOLSA | |
| CANAL TRIBUTACIÓN | CANAL FINANZAS | CANAL BOLSA | CANAL PELÍCULAS |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
| PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO | LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CONTABILIDAD Y EMPRESA |
| CANAL PRODUCCIÓN | CANAL LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CANAL CONTABILIDAD |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |


























