TEMA 1 DERECHO LABORAL
TEMA 2 CONTRATO DE TRABAJO
TEMA 3 MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
TEMA 4 JORNADA LABORAL
TEMA 5 RETRIBUCIONES Y SALARIO
TEMA 6 MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN CT
TEMA 7 PARTICIPACIÓN
TEMA 8 SEGURIDAD SOCIAL
TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL REGÍMENES
9.1 REGÍMENES SS RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS
TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL COTIZACIÓN

10.1 TRÁMITES

A.1 INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA
A.2 ALTA DE LA EMPRESA
A.3 ALTA EN EL SISTEMA RED
A.4 ENTIDAD COLABORADORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
B.1 AFILIACIÓN AUTÓNOMO
B.2 ALTAS Y BAJAS AUTÓNOMO
C.1 AFILIACIÓN TRABAJADOR
C.2 ALTAS BAJAS DEL TRABAJADOR
 

 

 

 

 

 

 
10.2 CUOTA DE COTIZACIÓN
1 EMPRESARIO
2 OBLIGACIÓN DE COTIZAR
3 BASES Y TIPOS
6 RLC
7 RNT
8 IDC
 
 
 
10.3 TRÁMITES ACCIDENTES DE TRABAJO
10.4 TRÁMITES DPTO. TRABAJO DGA: APERTURA CENTRO DE TRABAJO
10.5 TRÁMITES DPTO. TRABAJO DGA: CALENDARIO LABORAL
 
 
 
TEMA 11 SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES
TEMA 12 DIRECCIÓN EMPRESARIAL
TEMA 13 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: LIDERAZGO
TEMA 14 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: MOTIVACIÓN
TEMA 15 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: TRABAJO EN EQUIPO
TEMA 16 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: ORGANIZACIÓN
TEMA 17 DIRECCIÓN EMPRESARIAL: COMUNICACIÓN
TEMA 18:DIRECCIÓN EMPRESARIAL: NEGOCIACIÓN
TEMA 19 ORIENTACIÓN LABORAL
TEMA 20 SELECCIÓN DE PERSONAL
TEMA 21 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
TEMA 22 RIESGOS LABORALES
TEMA 23 SALUD LABORAL
TEMA 24 PRIMEROS AUXILIOS
CANAL EMPRESA
CANAL RRHH
CANAL SEGURIDAD SOCIAL
CANAL SEGURIDAD SOCIAL REGÍMENES Y COTIZACIÓN
CANAL SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BASES DE COTIZACIÓN

Las bases de cotización son las cantidades calculadas a partir de las percepciones salariales de los trabajadores y el exceso de las no salariales, para cotizar a la seguridad social. Sobre dichas bases, aplicaremos los porcentajes (%) legales o tipos de cotización, que nos darán las cantidades a ingresar en la Tesorería de la Seguridad Social (indicando separadamente la aportación del trabajador como la aportación del empresario).

Hemos de calcular las siguientes Bases de Cotización (artículo 147 y siguientes de la LGSS):

  1. Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC): 

    Es la suma de los siguientes conceptos:
    • – Remuneración mensual = suma de todas la percepciones salariales, (a excepción de las horas extraordinarias y complementos de vencimiento periódico superior al mes) + el exceso de las percepciones no salariales.
    • – Prorrata de Pagas Extraordinarias = Nº de pagas extras x el importe / 12

    Hay que tener en cuenta que como mínimo el trabajador tiene derecho a 2 pagas extras al año y se divide entre 12 meses, en caso de trabajadores de retribución mensual. Si se trata de trabajadores de retribución diaria, debemos dividir entre 365 días.

    Una vez calculada la Base de Cotización por contingencias comunes, debemos comprobar que ésta se encuentra comprendida dentro de las bases máxima y mínima correspondiente al grupo de cotización del trabajador:

    • Si la BCCC fuese mayor a la base máxima establecida se tomará como BCCC la base máxima establecida por ley (en 2016: 3.642 €/mes)
    • Si la BCCC fuese menor a la base mínima establecida, se tomará como BCCC la base mínima de su grupo de cotización.
  2. Base de Cotización por Contingencias Profesionales: Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, y Conceptos de Recaudación Conjunta (Desempleo, FP, FOGASA) BCCP: 

    Se calcula de la misma forma que la BCCC, pero sumando el importe correspondiente a las Horas Extraordinarias, si las hubiere. Si el trabajador no ha realizado horas extraordinarias, ambas bases coincidirán. A continuación comprobaremos que la base de cotización por contingencias profesionales se encuentra dentro de los topes máximo y mínimo.

3 Base de cotización por Horas Extraordinarias: 

Será el importe recibido por el trabajador en el período liquidado, en concepto de horas extraordinarias. Separando las horas extraordinarias por causas de fuerza mayor del resto, ya que cotizan a un tipo diferente.

 

4 Base sujeta a retención del IRPF: 

Generalmente coincide con el total devengado, pero habrá que comprobar si existen percepciones no salariales exentas del IRPF.

Fuente: https://www.tiemposmodernos.eu/

 

 


 


CÁLCULO DE LAS BASES DE COTIZACIÓN Y DE IRPF


Fuente: https://nifunifol.com/2021/02/22/tipos-y-bases-de-cotizacion-2020/

 

 

Régimen general

Bases de cotización

Tope máximo de todas las bases de cotización 4.720,50 €/mes (157,35 €/día)

Grupo de cotización Categoría Base mínima
1 Ingenieros/as y licenciados/as. Personal de alta dirección excluido del art. 1,3 de ET 1.847,40 €
2 Ingenieros/as, técnicos/as, personal de peritaje y ayudantes titulados/as 1.532,10 €
3 Jefes/as administrativos/as y de taller 1.332,90 €
4 Ayudantes no titulados/as 1.323,00 €
5 Oficiales administrativos 1.323,00 €
6 Subalternos/as 1.323,00 €
7 Auxiliares administrativos/as, Oficiales de primera, segunda, tercera, peones y trabajadores menores de 18 años 1.323,00 €

 

Grupo de cotización Categoría Base mínima Base máxima
De 8 a 11 Oficiales de primera, segunda, tercera, peones y trabajadores menores de 18 años 44,10 € 157,35 €

Tipos de cotización

Empresa Trabajador/a Total
Contingencias Comunes 23,60% 4,70% 28,30%
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) 0,58% sobre CC 0,12% sobre CC 0,7% sobre CC
Resto horas extraordinarias fuerza mayor 12% 2% 14%
Resto horas extraordinarias 23,60% 4,70% 28,30%
Contingencias profesionales Porcentaje de la tarifa de primas de la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, siendo a cargo exclusivo de la empresa.
FOGASA 0,20% 0,20%
Formación profesional 0,60% 0,10% 0,70%

Desempleo

Empresa Trabajador/a Total
Tipo general 5,50% 1,55% 7,05%
Contrato duración determinada 6,70% 1,60% 8,30%

Contratos de trabajo a tiempo parcial

Bases mínimas por horas

Grupo de cotización Categoría Base mínima (€)
1 Ingenieros/as y licenciados/as. Personal de alta dirección excluido del art. 1,3 de ET 11,13 €
2 Ingenieros/as, técnicos/as, personal de peritaje y ayudantes titulados/as 9,23 €
3 Jefes/as administrativos/as y de taller 8,03 €
Del 4 al 11 Ayudantes no titulados/as, Oficiales administrativos, Subalternos/as, Auxiliares administrativos/as, Oficiales de primera, segunda, tercera, peones y trabajadores menores de 18 años 7,97 €

Contratos de formación

Empresa Trabajador/a Total
Contingencias Comunes 53,61 € 10,69 € 64,30 €
Contingencias Profesionales IT 7,38 € 7,38 €
Fondo de Garantía Salarial 4,07 € 4,07 €
Formación Profesional 2,00 € 0,26 € 2,26 €
Total 67,06 € 10,44 € 78,01 €

Becarios

Empresa Trabajador/a Total
Prácticas remuneradas
Contingencias Comunes 53,61 € 10,69 € 64,30 €
Contingencias Profesionales 7,38 € 7,38 €
Prácticas no remuneradas
Contingencias Comunes 0,13 € 0,13 €
Contingencias Profesionales 0,02 € 0,02 €
Total 61,14 € 10,69 € 71,83 €

Salario mínimo Interprofesional

Diario Mensual Anual
Importe 37,8 € 1.134 € 15.876 €

Indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM)

IPREM diario: 20 €, mensual: 600 €, anual: 7.200 €
Para los supuestos en los que el IPREM ha sustituido a la referencia al salario mínimo interprofesional por aplicación del RD Ley 3/2004, el IPREM anual
será de 8.400 €. Cuando la norma se refiere al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente se excluyan las pagas extraordinarias. En este caso, la cuantía será de 7.200 €.

Otros datos de interés

Interés legal del dinero: 3,25% Interés de demora: 4,0625%

Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autómos (RETA)

Bases de cotización

Tope máximo 4.720,50 €/mes. Tope mínimo 950,98€/mes

Tabla Tramo Tramos rendimientos netos 2023 (€/mes) Base mínima Base máxima
Tabla reducida Tramo 1 <= 670 € 735,29 € 816,98 €
Tramo 2 > 670 € y <= 900€ 816,99 € 900,00 €
Tramo 3 > 900 € y <= 1.166,70 € 872,55 € 1.166,70 €
Tabla general Tramo 1 >= 1.166,70 € y < = 1.300 € 950,98 € 1.300 €
Tramo 2 > 1.300 € y <= 1.500 € 960,78 € 1.500 €
Tramo 3 > 1.500 € y <= 1.700 € 960,78 € 1.700 €
Tramo 4 > 1.700 € y <= 1.850 € 1.045,75 € 1.850 €
Tramo 5 > 1.850 € y <= 2.030 € 1.062,09 € 2.030 €
Tramo 6 > 2.030 € y <= 2.330 € 1.078,43 € 2.330 €
Tramo 7 > 2.330 € y <= 2.760 € 1.111,11 € 2.760 €
Tramo 8 > 2.760 € y <= 3.190 € 1.176,47 € 3.190 €
Tramo 9 > 3.190 € y <= 3.620 € 1.241,83 € 3.620 €
Tramo 10 > 3.620 € y <= 4.050 € 1.307,19 € 4.050 €
Tramo 11 > 4.050 € y <= 6.000 € 1.454,25 € 4.720,50 €
Tramo 12 > 6.000 € 1.732,08 € 4.720,50 €

Familiares, socios con control o administradores: la base de cotización mensual no podrá ser inferior a 1.000 €. Venta ambulante (CNAE’s 4781, 4782 y 4789): pueden elegir cotizar por una base equivalente a un 77% de la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida.

Tipos de cotización

RETA
Contingencias Comunes 28,30%
Contingencias Profesionales¹ 1,30%
Cese de actividad 0,90%
Formación Profesional 0,10%
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) 0,7% sobre CC

¹ 0,66% IT y 0,64% a IP, muerte y supervivencia

Tarifa plana

Colectivo Importe Duración
Autónomos dados de alta a partir de 1/1/23 80 € 12 primeros meses de actividad
Autónomos dados de alta a partir de 1/1/23 80 € De 13 a 24 meses de actividad (si sus rendimientos económicos
netos anuales no superan el SMI)
Autónomos dados de alta antes de 1/1/23 Se mantiene tarifa plana Hasta agotar el periodo máximo. Posteriormente, cotizarán según ingresos reales
Autónomas victimas de violencia de género, del terrorismo o con discapacidad igual o superior al 33% 80 € Durante los dos primeros años
Autónomas victimas de violencia de género, del terrorismo o con discapacidad igual o superior al 33% 160 € Del 3er al 5º año

Fuente: https://www.asepeyo.es/duda/bases-y-tipos-de-cotizacion/

 


 

TEMA 8 SEGURIDAD SOCIAL

 

TEMA 9 SEGURIDAD SOCIAL REGÍMENES

TEMA 10 SEGURIDAD SOCIAL COTIZACIÓN

 

 

 




 

 

 

TEMA 11 SEGURIDAD SOCIAL PRESTACIONES

 

 

 

 

 












 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EMPRESA PROYECTO EMPRESARIAL MÁRKETING ATENCIÓN AL CLIENTE
CANAL EMPRESA CANAL EMPRENDEDORES  CANAL MK CANAL MK

       

DIRECCIÓN DE RRHH

RRHH

PRRLL EMPLEO PÚBLICO TRABAJO
CANAL RRHH CANAL OPOSICIONES  CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
       
COMUNICACIÓN SEGURIDAD SOCIAL RETRIBUCIONES Y SALARIO PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN
CANAL COMUNICACIÓN  CANAL SEGURIDAD SOCIAL  CANAL SALARIO  CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA 
       
       
GESTIÓN TRIBUTARIA GESTIÓN FINANCIERA BOLSA  
CANAL TRIBUTACIÓN CANAL FINANZAS CANAL BOLSA CANAL PELÍCULAS
       
PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CONTABILIDAD Y EMPRESA
CANAL PRODUCCIÓN CANAL LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CANAL CONTABILIDAD

 

CBL10