FUNDAMENTOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

TEMA 1 EMPRESA
 

TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL

1 IDEA DE NEGOCIO

1.1_EMPRENDEDORES
1.4 NOMBRE
1.5 FRANQUICIA

2 ANTECEDENTES DEL PROYECTO EMRESARIAL

3 ENTORNO GENERAL

4 ENTORNO ESPECÍFICO

5 DESARROLLO DE PRODUCTO O SERVICIO

6 INSTALACIONES Y LOGÍSTICA

TEMA 3 LOCALIZACIÓN
1 PROYECTO EMPRESARIAL INSTALACIONES Y LOGÍSTICA
2 LOGÍSTICA
3 INCOTERMS
4 TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
5 DESLOCALIZACIÓN

7 RECURSOS HUMANOS

8 ASPECTOS LEGALES Y TRÁMITES

8.1 ASPECTOS LEGALES Y SOCIETARIOS
8.2 TRÁMITES

9 PLAN DE MÁRKETING

1 PLAN DE MÁRKETING

2 INVESTIGACIÓN DE MERCADO

 

3 SEGMENTACIÓN DE MERCADO

 

4 PRODUCTO

5 PRECIO

 

 

6 DISTRIBUCIÓN

7 COMUNICACIÓN

 
 

8 ATENCIÓN AL CLIENTE

8.1 TRATAMIENTO DE RECLAMACIONES
8.2 RECLAMACIONES A LA BANCA

 

9 CUOTA DE MERCADO

10 MÁRKETING SOCIAL

 


10 PLAN DE VIABILIDAD ECONÓMICO FINANCIERA

11 CALENDARIO DE PUESTA EN MARCHA

12 EVALUACIÓN FINAL

 
 
TEMA 3 LOCALIZACIÓN
TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS
TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN
TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO
TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS
TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA
TEMA 9 CONTABILIDAD Y EMPRESA
TEMA 10 MÁRKETING
TEMA 11 GESTIÓN FINANCIERA
TEMA 12 RECURSOS HUMANOS
CANAL EMPRESA
CANAL EMPRESA Y ESTRATEGIA
CANAL EMPRENDEDORES
CANAL MÁRKETING
CANAL FINANZAS CANAL BOLSA
CANAL RECURSOS HUMANOS CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
CANAL PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



 

 

 

             AEAT   DELEGACIÓN PROVINCIAL  HACIENDA 

La solicitud del NIF provisional se ha de solicitar ante la Administración de la AEAT del domici- lio fiscal. A la solicitud se ha de acompañar la siguiente documentación: – Modelo 036 (declaración censal de alta); – Documento firmado en el que los otorgantes manifiestan su voluntad de constituir la sociedad. – Fotocopia del NIF de la persona que firma el modelo. – Original y fotocopia del documento que acredita la capacidad de representación de quien firma la declaración censal.



 



Número de Identificación Fiscal (N.I.F.)

Concepto

Se trata de una obligación fiscal, de todas las personas físicas y jurídicas, impuesta por el mero hecho de ser sujetos con relaciones de naturaleza o trascendencia tributaria y sirve para identificarles a efectos fiscales. Esta obligación, no exime de la de disponer de otros códigos o claves de identificación, adicionales, impuesta en su caso por la normativa propia de cada tributo.

Para las personas físicas (empresarios individuales) de nacionalidad española, el número de identificación fiscal será el número de su documento nacional de identidad seguido del correspondiente código o carácter de verificación, constituido por una letra mayúscula que habrá de constar en el propio documento nacional de identidad. Para las que carezcan de nacionalidad española, el número de identificación fiscal será el número de identidad extranjero que se les asigne o facilite de acuerdo con la normativa de extranjería aplicable.

Para las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, la Administración Tributaria asignará un número de identificación fiscal que las identifique, y que será invariable cualesquiera que sean las modificaciones que experimenten aquellas, salvo que cambie su forma jurídica o nacionalidad, este número (CIF), incluirá información sobre la forma jurídica, si se trata de una entidad española, o, en su caso, el carácter de entidad extranjera o de establecimiento permanente de una entidad no residente en España, un número aleatorio y un carácter de control. Cuando una persona jurídica o entidad no residente opere en territorio español mediante establecimientos permanentes que realicen actividades claramente diferenciadas y cuya gestión se lleve de modo separado, cada establecimiento permanente debe solicitar un número de identificación fiscal distinto del asignado, en su caso a la persona o entidad no residente.

Solicitud

Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que vayan a ser titulares de relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria deberán solicitar la asignación de un número de identificación fiscal; en el caso de que no lo soliciten, la Administración Tributaria podrá proceder de oficio a darles de alta en el Censo de Obligados Tributarios y a asignarles el número de identificación fiscal que corresponda.

La solicitud se realizará antes de la realización de cualquier entrega, prestación o adquisición de bienes o servicios, de la percepción de cobros o del abono de pagos, o de la contratación de personal laboral, efectuados para el desarrollo de su actividad y en todo caso, la solicitud se formulará dentro del mes siguiente a la fecha de su constitución o de su establecimiento en territorio español.

La solicitud se efectuará mediante la presentación de la oportuna declaración censal de alta (modelo 036)

Una vez presentada la solicitud la Agencia Estatal de Administración Tributaria asignará el número de identificación fiscal en el plazo de 10 días, ésta comprobará la veracidad de los datos comunicados por los interesados en sus solicitudes de número de identificación fiscal provisional o definitivo si de la comprobación resultara que los datos no son veraces, la Administración tributaria, previa audiencia a los interesados, podrá denegar la asignación de dicho número.

El número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad tendrá carácter provisional mientras la entidad interesada no haya aportado copia de la escritura pública o documento fehaciente de su constitución y de los estatutos sociales o documento equivalente, así como certificación de su inscripción, cuando proceda, en un registro público.

El número de identificación fiscal, provisional o definitivo, no se asignará a las personas jurídicas o entidades que no aporten, al menos, un documento debidamente firmado en el que los otorgantes manifiesten su acuerdo de voluntades para la constitución de la persona jurídica o entidad u otro documento que acredite situaciones de cotitularidad. El firmante de la declaración censal de solicitud deberá acreditar que actúa en representación de la persona jurídica, entidad sin personalidad o colectivo que se compromete a su creación.

Cuando se asigne un número de identificación fiscal provisional, la entidad quedará obligada a la aportación de la documentación pendiente necesaria para la asignación del número de identificación fiscal definitivo en el plazo de un mes desde la inscripción en el registro correspondiente o desde el otorgamiento de los documentos equivalentes a su constitución, cuando no fuera necesaria la inscripción. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aportado la documentación pendiente, la Administración tributaria podrá requerir su aportación otorgando un plazo máximo de 10 días, para su presentación o para que se justifiquen los motivos que la imposibiliten, con indicación en tal caso por el interesado del plazo necesario para su aportación definitiva, la falta de atención en tiempo y forma del requerimiento para la aportación de la documentación pendiente podrá determinar, la revocación del número de identificación asignado.

Para solicitar el número de identificación fiscal definitivo se deberá presentar la declaración censal de modificación, en la que se harán constar, en su caso, todas las modificaciones que se hayan producido respecto de los datos consignados en la declaración presentada para solicitar el número de identificación fiscal provisional que todavía no hayan sido comunicados a la Administración en anteriores declaraciones censales de modificación, y a la que se acompañará la documentación pendiente. Cumplida esta obligación, se asignará el número de identificación fiscal definitivo.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene la potestad de suscribir convenios con organismos, instituciones o personas que intervienen en el proceso de creación de entidades para facilitar la comunicación del número de identificación fiscal, provisional o definitivo, asignado.

 

 

 

 

 

 

TRAM 0 ACTA FUNDACIONAL

 

TRAM 1 SOLICITUD DENOMINACIÓN NEGATIVA

REGISTRO MERCANTIL CENTRAL MADRID

TRAM 2 SOLICITUD CALIFICACIÓN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

DIPUTACIÓN GENERAL ARAGÓN

TRAM 3 SOLICITUD DE NIIF PROVISIONAL

AEAT   DELEGACIÓN PROVINCIAL  HACIENDA 

TRAM 4 CERTIFICADO BANCARIO DE DEPÓSITO

 

TRAM 5 ESTATUTOS

 

TRAM 6 ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN

NOTARIO

TRAM 7 IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

TRÁMITES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS DE LA DGA

TRAM 8 INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA EN EL REGISTRO MERCANTIL

TRÁMITES EN EL REGISTRO   MERCANTIL

TRAM 9 OFICINA DE PATENTES Y MARCAS

REGISTRO PATENTES Y MARCAS

TRAM 10 DECLARACIÓN CENSAL

TRÁMITES EN DELEGACIÓN PROVINCIAL HACIENDA AEAT

TRAM 11 SOLICITUD DE NIIF DEFINITIVO

TRÁMITES EN DELEGACIÓN PROVINCIAL HACIENDA AEAT

TRAM 12 FRANQUICIA

 

TRAM 13 LICENCIA DE APERTURA

 

TRÁMITES EN EL AYUNTAMIENTO

TRAM 14 LICENCIA DE OBRAS

TRÁMITES EN EL AYUNTAMIENTO

TRAM 15 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

(Sociedades facturan más de 1.000.000 € al año)

TRAM 15 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS LOCAL

 

TRAM 16 GOBIERNO DE ARAGÓN

TRAM 17 ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

 

TRAM 18 ADHESIÓN SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO

 

TRAM 19 PROTECCIÓN DE DATOS

 

TRAM 20 LEGALIZACIÓN DE LIBROS

TRÁMITES EN EL REGISTRO   MERCANTIL

TRAM 21 LIBROS OBLIGATORIOS

REGISTROS OBLIGATORIOS     ARCHIVO

 

TRAM 22 ADQUISICIÓN DE INMUEBLE

 

TRAM 23 ARRENDAMIENTO

 

TRAM 24 SEGUROS

 

 

 

 

EMPRESA PROYECTO EMPRESARIAL MÁRKETING ATENCIÓN AL CLIENTE
CANAL EMPRESA CANAL EMPRENDEDORES  CANAL MK CANAL MK

       

DIRECCIÓN DE RRHH

RRHH

PRRLL EMPLEO PÚBLICO TRABAJO
CANAL RRHH CANAL OPOSICIONES  CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO
       
COMUNICACIÓN SEGURIDAD SOCIAL RETRIBUCIONES Y SALARIO PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN
CANAL COMUNICACIÓN  CANAL SEGURIDAD SOCIAL  CANAL SALARIO  CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA 
       
       
GESTIÓN TRIBUTARIA GESTIÓN FINANCIERA BOLSA  
CANAL TRIBUTACIÓN CANAL FINANZAS CANAL BOLSA CANAL PELÍCULAS
       
PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CONTABILIDAD Y EMPRESA
CANAL PRODUCCIÓN CANAL LOCALIZACIÓN SIMULACIÓN CANAL CONTABILIDAD

 

CBL10